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Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente fija los períodos de caza para la temporada 2011-2012

  • El domingo 17 de julio se inicia la temporada de caza menor en la Comunitat con la modalidad de conejo con perros y sin armas

  • En los cotos de los términos municipales afectados por sobreexplotación de conejos se podrá cazar otros días y con otros métodos

La Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha fijado los períodos de caza para la temporada 2011-2012 a través de la orden de vedas que se ha publicado hoy en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

En esta orden de vedas se establecen las condiciones específicas y fechas en las que se podrá ejercer la caza menor, mayor y de aves acuáticas en las tres provincias, así como la regulación específica para las zonas comunes en la que se limita la caza con armas a un período no superior a las ocho semanas consecutivas.

La temporada de caza se inicia el domingo 17 de julio con la apertura de la caza de conejo con perros y sin armas. Esta modalidad, practicada por lo general con perros podencos y conocida popularmente como “caza al garrote” o “sin armas”, podrá practicarse tanto en zonas comunes de caza como en los acotados de caza que así lo tenga establecido en su plan técnico.

En las zonas comunes el periodo hábil se extiende desde el próximo 17 de julio hasta el 25 de diciembre de 2011, siendo los días hábiles jueves, sábados, domingos y festivos. El máximo de perros por cazador es de 8 y de 15 por grupo de cazadores. Por otra parte queda prohibido el empleo de galgos desde el 18 de julio hasta el 10 de octubre.

Por su parte, en los acotados de caza el periodo hábil y días se ajustará a lo establecido en su plan de caza. Para aquellos acotados cuyo plan se remite a la orden anual de vedas el periodo comienza también el 17 de julio

Cabe significar que en los cotos de los términos municipales afectados por sobreexplotación de conejos, además, podrá cazarse el conejo otros días y con otros métodos, tal y como autorice el propio titular del coto, independientemente de lo que establece esta orden de vedas.

Media Veda
La Conselleria de Medio Ambiente ha establecido, asimismo, el calendario para la media veda. Así, desde el domingo 15 de agosto y hasta el 11 de septiembre se podrá practicar la caza en puestos fijos de torcaces y tórtolas, y de codorniz al salto y con perro y únicamente en los cotos de caza que lo tengan autorizado.

La orden de vedas para esta temporada establece un cupo diario máximo por cazador y día de 8 piezas de tórtola común sin cupo para torcaces u otras palomas cinegéticas o codorniz. Además de estas especies, en la media veda puede cazarse simultáneamente urraca, grajilla, corneja, estornino pinto y zorro.

Por último, la temporada general para la caza menor en mano y con armas se abrirá el 12 de octubre y recoge que en zonas comunes, sólo podrá practicase los sábados, domingos y festivos hasta el 6 de noviembre en mano y hasta el 6 de diciembre en puesto fijo.

 

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