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El Consell crea el primer Registro público de Entidades Locales

  • Municipios, provincias, comarcas, entidades locales menores, áreas metropolitanas y consorcios deben inscribirse

El Consell ha aprobado hoy el Decreto por el que se crea el primer Registro Público de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana. La Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, que entró en vigor a mediados del pasado año, en su artículo 3 contempla la creación de este registro y es ahora a través del Decreto aprobado hoy por el Consell por el que se pone en marcha este precepto legal.

De tal manera, los municipios, provincias, comarcas, entidades locales menores, áreas metropolitanas y consorcios existentes la Comunitat Valenciana tienen un plazo de medio año, a partir de la entrada en vigor del Decreto, prevista para dentro de seis meses, para enviar la información requerida a la Dirección General competente en materia de administración local.

Las administraciones municipales deberán hacer constar detalles como su denominación oficial, límites territoriales y extensión, símbolos oficiales, entes de derecho público o privado dependientes o vinculados, una dirección de Internet o el número de habitantes.

En el caso de mancomunidades, consorcios, provincias o comarcas deberán incluir además una relación de los municipios agrupados y las competencias que tienen atribuidas.
Cuando la dirección general responsable considere acreditados los datos aportados, en el plazo de dos meses deberá dictar resolución sobre la inscripción del municipio en el Registro público de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.

 

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