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EU: "El PSOE de Mislata castiga nuevamente a las familias más desfavorecidas"

  • "Pretende cobrar las deudas tributarias con las ayudas económicas de Servicios Sociales", asegura

"El Gobierno del PSOE en su afán de extremar el ajuste presupuestario, carga sobre las familias más desfavorecidas e intenta suprimir gastos sociales con este tipo de medidas engañosas. Limitar el acceso a las ayudas económicas a los usuarios de servicios sociales no es ninguna medida de ahorro, es una grave discriminación por motivos económicos y que valida las políticas de derechas que aplica el Partido Popular en otros ámbitos", afirma EU de Mislata.

La modificación de los baremos de Servicios Sociales aprobada en la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de febrero dice textualmente que “los/as beneficiarios/as de prestaciones que tengan pendientes de pago con el Ayuntamiento multas de tráfico, compensarán un 25 % de la deuda contraída a través de la cantidad asignada en la prestación concedida, hasta saldar en su totalidad la cantidad adeudada”.

Otra de las perlas de las nuevas modificaciones trata de las ayudas de emergencia, y en este sentido, en el punto b) gastos excepcionales se añade un párrafo nuevo al final que dice “Se deberá justificar el pago de la ayuda, y en el caso de concederla para una vivienda de otro Municipio, presentar el alta en el Padrón de éste”.

La mayoría de los nuevos requisitos aprobados son restrictivos y limitan la posibilidad de acceder a las ayudas pero, sin duda, destaca por discriminatorio y contrario a ley el primero de ellos que dice textualmente: “No se podrán percibir ayudas si no se está al corriente de las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Mislata”.

Tal vez la trabajadora social que emite el informe (de fecha 14 de febrero) lo ignore. Puede ser que ocurra lo mismo con el Jefe de Departamento. Incluso con el Concejal de Servicios Sociales. Pero todos ellos son responsables del desconocimiento de la Ley 5/1997 de 25 de febrero que regula el sistema de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana, que en su Art. 4.d establece el principio de “Igualdad y Universalidad asegurando una protección a todos los ciudadanos y las ciudadanas sin discriminación de ninguna clase.” A su vez, en el Art. 37.2 en relación a las prestaciones económicas se establece que “a los beneficiarios se les podrá exigir la realización de actividades y podrán recibir ayudas (…) a través de la formación o de la cooperación social que se determine en la propuesta de concesión.”

Salvador García (EUPV): “La Ley dice claramente que se podrá exigir la realización de actividades pero, en ningún caso, se contempla ninguna exigencia fiscal. El Ayuntamiento ya tiene establecidos unos recargos cuando los ciudadanos no cumplimos con nuestras obligaciones tributarias, por tanto, no se puede utilizar el impago de un impuesto, tasa o sanción para discriminar doblemente a quien no puede pagarlo y negarle el acceso a unas ayudas económicas que seguramente le son muy necesarias. Lo que está haciendo el Alcalde, en la práctica, es cancelar deudas de los contribuyentes con la partida de Ayudas de Servicios Sociales. Esto al margen de ser ilegal, es desvirtuar los estados contables y presupuestarios.”

El concejal de Servicios Sociales nuevamente impone decisiones que refrenda la Junta de Gobierno Local del PSOE y que son ocultadas a los grupos políticos de la oposición, no informando de las mismas en las Comisiones Informativas y de Control.

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