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Medio Ambiente y Vivienda crea el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida de la Comunitat Valenciana

  • La Conselleria publica hoy la Orden de creación y regulación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana

  • Se trata de un registro único para facilitar el acceso a la vivienda y a las distintas ayudas que refuerza los principios de igualdad, publicidad y concurrencia

  • La solicitud podrá descargarse a partir de mañana en www.gva.es y la inscripción podrá realizarse muy pronto por vía telemática

La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda ha publicado hoy en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) una Orden por la que se crea y regula el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida. Se trata de un registro único para facilitar la adquisición o alquiler de vivienda protegida, así como el acceso a las distintas ayudas contempladas en los planes de vivienda, que permite a la Generalitat reforzar los principios de igualdad, publicidad y concurrencia en estos procedimientos.

La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, Mª Jesús Rodríguez, ha destacado que “este registro que ponemos en marcha unifica los distintos registros públicos y mecanismos de control que ya existían en nuestra autonomía en la adjudicación de viviendas protegidas y en la concesión de subvenciones en materia de vivienda. Con este nuevo registro único, la Generalitat da a los ciudadanos la posibilidad de expresar su necesidad concreta de vivienda en un solo lugar y la garantía de que las instituciones trabajarán por facilitarle la vivienda que necesita”.

“A partir de ahora – ha explicado la Directora- cualquier ciudadano que quiera acceder a una vivienda protegida en la Comunitat Valenciana, que se promueva por iniciativa pública o privada, o a alguna de las ayudas en materia de vivienda deberá inscribirse en este Registro. De este modo, desde la Generalitat podemos ampliar nuestros conocimientos sobre la demanda existente y consolidar en todo momento la garantía de que los recursos y viviendas se dirigen a las familias que lo necesitan y cumplen todos los requisitos”.

Mañana entra en vigor la Orden

Mª Jesús Rodríguez también ha anunciado que “a partir de mañana, fecha en que entra en vigor la orden, los ciudadanos dispondrán en el apartado de vivienda de la página de la Generalitat www.gva.es un enlace para descargarse el impreso de solicitud para formar parte de este registro. Además, la orden prevé que la inscripción pueda realizarse también por vía telemática a través del certificado digital, una posibilidad que estará disponible muy pronto”.

Hasta entonces, las solicitudes podrán entregarse en cualquier registro oficial y preferentemente en las oficinas de vivienda, Servicios Territoriales de Vivienda, Oficinas Comarcales de Rehabilitación, y a través de los agentes de la Red de Mediación Agencia Valenciana de Alquiler.

Impreso de solicitud

En el impreso, el solicitante de vivienda o financiación deberá indicar sus datos personales, número de miembros de la unidad familiar, localidades donde se solicita la vivienda por orden de preferencia (hasta un máximo de cinco), ingresos familiares brutos, régimen de uso de la vivienda (compra, alquiler o alquiler con opción a compra) y la pertenencia a colectivos con protección preferente (primer acceso a la vivienda, mujeres embarazadas, familias monoparentales, víctimas de la violencia de género o del terrorismo, personas dependientes o con discapacidad, entre otros).

En cuanto a las características de la vivienda, el solicitante podrá indicar el número de dormitorios necesarios, la necesidad de ascensor, garaje, trastero o una vivienda adaptada, la altura preferente, y en el caso del alquiler, si se solicita una vivienda amueblada, equipada con electrodomésticos, si se tiene mascota y la renta máxima que se puede abonar.

Las viviendas protegidas se adjudicarán a los demandantes inscritos en el registro que cumplan los requisitos para el acceso a la vivienda protegida de que se trate establecidos en el Plan de Vivienda, así como las condiciones específicas, si las hubiera, en los reglamentos de adjudicación de cada promoción de vivienda protegida concreta. Por otro lado, en los procedimientos de visado de contratos y de otorgamiento de financiación y ayudas con cargo al Plan, los Servicios Territoriales de Vivienda comprobaran la inscripción en el Registro.

En el Decreto 66/2009 del Consell por el que se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunitat Valenciana 2009-2012, la Generalitat ya recogió lo establecido sobre este Registro en el Real Decreto 2066/2008 por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, y dispuso la regulación de su desarrollo mediante la Orden publicada hoy.

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