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Medio Ambiente establece el plazo de un mes para que las Administraciones emitan sus informes a los planes urbanísticos

  • Les Corts Valencianes aprueban la Ley de Medidas Urgentes para el desarrollo de actividades productivas y la creación de empleo

“La Conselleria de Medio Ambiente ha establecido el plazo de un mes para que las Administraciones públicas –Generalitat y ayuntamientos- emitan los informes requeridos por la legislación urbanística, con el fin de agilizar las iniciativas que contribuyan al desarrollo económico y la generación de empleo”, ha afirmado hoy en las Cortes Valencianas el Vicepresidente Tercero del Consell y Conseller de Medio Ambiente, Juan Cotino.

Esta es una de las medidas incluidas en la nueva Ley de medidas urgentes para agilizar el desarrollo de actividades productivas y la creación de empleo, que ha sido aprobada hoy por las Cortes Valencianas.

“En caso de que los informes no se emitan en el plazo establecido, y siempre que no haya una ley que fije plazos específicos, podrá continuarse con el procedimiento, lo que supone una simplificación y agilización de los trámites para la aprobación de planes urbanísticos y, en definitiva, para dinamizar la economía y generar empleo”, ha explicado Juan Cotino.

Además, ha asegurado el Vicepresidente Tercero del Consell, “esta medida coincide en sus objetivos con la filosofía del nuevo texto normativo: simplificar y agilizar la tramitación de planes e instrumentos urbanísticos, facilitar la implantación de actividades productivas y potenciar la inversión pública, favoreciendo la creación de nuevos puestos de trabajo, como respuesta a la situación actual de crisis económica”.

Realización de obras menores
Otra de las medidas previstas en el texto normativo para simplificar los trámites administrativos es habilitar a los ayuntamientos para que puedan sustituir la licencia de obras menores por una declaración responsable, que permitirá al promotor iniciar la obra de inmediato. No podrán ser objeto de declaración responsable y requerirán en todo caso licencia municipal, las obras que supongan alteración estructural del edificio o modificación general de la fachada.

También con el objetivo de facilitar las obras de rehabilitación, la ley impulsa las actuaciones de reforma o de renovación urbana en barrios y cascos históricos, con lo que se derogan las limitaciones que establecía el Reglamento de Ordenación y Gestión Urbanística para este tipo de operaciones.

Otro de los objetivos es ampliar las posibilidades de implantar en suelo no urbanizable actividades que creen empleo. Así, las casas rurales y establecimientos de turismo rural no requerirán Declaraciones de Interés Comunitario (DIC) si se implantan en viviendas rurales ya existentes y en situación legal que no haya que ampliar en más del 20% del volumen construido.

Asimismo, se eximirá de la obligación de obtener una nueva Declaración de Interés Comunitario (DIC) a las meras reformas de edificios o instalaciones ya autorizados, o para cambios de uso que no tengan incidencia en el territorio.

Con el mismo objetivo, se permitirán nuevas actividades en suelo no urbanizable antes no previstas, como las tiendas de productos agrícolas en la misma parcela en la que se producen. También se facilitará la implantación de otras, como campings, centros deportivos y recreativos, educativos o sanitarios.

También para generar empleo en suelo no urbanizable, se faculta a los ayuntamientos para reducir hasta un 50% el importe del canon que han de pagar las empresas que se implantan en suelo de estas características, y a prorrogar o fraccionar su pago. Además, se establece un nuevo procedimiento de urgencia para la tramitación de las DIC, que reduce la tramitación de seis a tres meses.

Eliminación del Concierto Previo
La nueva ley también prevé la eliminación de trámites como el Concierto Previo, documento previo al Plan General en el que el municipio establece los criterios de su modelo urbanístico, o la Cédula Territorial de Urbanización, exigida por la Conselleria de Medio Ambiente a los municipios que presentaban iniciativas para reclasificar suelo o planteaban un cambio en su modelo territorial.

Más posibilidades para los municipios
La nueva normativa tiene entre sus ejes dar más posibilidades de actuación a los ayuntamientos para afrontar la crisis. Así, los ayuntamientos podrán disponer de inmediato de los ingresos del canon por Declaraciones de Interés Comunitario para impulsar la promoción de viviendas protegidas, eliminándose la necesidad de tramitar “programas o proyectos de sostenibilidad”.

Los ayuntamientos que se vean obligados a resolver un PAI porque el agente urbanizador no puede cumplir los plazos de ejecución, podrán mantener la clasificación del suelo afectado como urbanizable.

Por último, se eliminan las limitaciones que dificultaban la distribución equitativa de los costes de infraestructuras, parques y otras dotaciones de red primaria entre los nuevos desarrollos urbanísticas de un municipio.

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