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Justicia modifica el acceso a la justicia gratuita en beneficio de las personas con discapacidad

Justicia modifica el acceso a la justicia gratuita en beneficio de las personas con discapacidad

    La Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas diseña un nuevo modelo de justicia gratuita para la Comunitat Valenciana que facilite el acceso a dicho beneficio a las personas que presentan una discapacidad de cualquier tipo, ya sea física, mental, intelectual o sensorial.

    Así lo ha anunciado este miércoles la consellera Gabriela Bravo durante una intervención ante el Pleno de Les Corts. Las medidas serán incluidas en la reforma del Decreto 29/2001, de 30 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, una norma "que necesitaba ser adaptada a las reformas legales producidas en los últimos quince años", explicó.

    La Conselleria estudia un cambio en la fórmula de acceso de las personas con discapacidad a la justicia gratuita, en virtud de la cual tendrán garantizado el acceso a este beneficio mediante la simple acreditación de que sus recursos e ingresos económicos no exceden ciertos amplios límites.

    El motivo de este cambio obedece a que "las personas con diversidad funcional tienen en su vida diaria unos costes derivados de su situación que no soportan otros sectores de la población", ha defendido la consellera Bravo. De esta manera, la evaluación del derecho a la asistencia jurídica gratuita de estas personas se realizará con criterios económicos objetivos y flexibles, previa valoración de las circunstancias especiales de cada solicitante.

    Además de las personas con discapacidad, los declarados incapaces y los presuntos incapaces, también dispondrán de este amplio margen de acceso al beneficio de la justicia gratuita las personas que las tengan a su cargo y las asociaciones cuya finalidad sea la defensa de los derechos de estos colectivos.

    La iniciativa recoge una reclamación largo tiempo mantenida por las numerosas asociaciones y organizaciones integradas en la Federación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunitat Valenciana. Una demanda que la consellera Bravo ha analizado detenidamente en distintas reuniones mantenidas con la Fiscalía Delegada de Protección de las Víctimas y con las juntas directivas de los colegios de abogados valencianos.

    Asimismo, el futuro decreto prevé que en cada colegio de abogados exista un servicio de información y asesoramiento jurídico especializado para atender las consultas de estas personas, medida también negociada con las propias instituciones colegiales.

    "Nuestro objetivo último no es otro que avanzar en la resolución del problema de indefensión que viene padeciendo este colectivo, implicando para ello a profesionales especializados que les garanticen la debida asistencia en los asuntos que requieran y asegurando, en la medida de lo posible, su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva", ha concluido Bravo.

    Otras novedades

    La modificación del decreto de Asistencia Jurídica Gratuita aboga, según ha añadido la consellera, "por un modelo comprometido con los sectores más desfavorecidos y ejercida por profesionales implicados, especializados, bien formados y debidamente remunerados".

    Para ello, el servicio de justicia gratuita se abrirá, con independencia de los recursos disponibles para litigar, a las personas víctimas de violencia de género, de delitos de terrorismo y de trata de seres humanos. Otra novedad será la extensión del Servicio de Orientación Jurídica al ámbito penitenciario con el fin de que profesionales especializados puedan informar y asistir a las personas internas en los centros penitenciarios de la Comunitat.

    Por lo que al turno de oficio se refiere, la reforma prevé compensaciones económicas para determinadas actuaciones profesionales de los abogados que hoy no están remuneradas.

    Por último, un nuevo sistema de gestión agilizará la tramitación de los expedientes de justicia gratuita para evitar el traslado físico de papeles y reducir los plazos de resolución al objeto de impedir que deba suspenderse cualquier trámite procesal a la espera de la oportuna resolución sobre la asistencia jurídica gratuita.

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