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Igualdad elimina el criterio poblacional en el programa estival para menores en riesgo de exclusión

    La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha eliminado el criterio de población que limitaba las subvenciones para el desarrollo de programas de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias en periodo estival, de manera que cualquier ayuntamiento podrá optar a estas ayudas que buscan atender las necesidades básicas de alimentación de menores en riesgo de exclusión así como dotarlos de una oferta de ocio.

    Las bases y la convocatoria para la concesión de estas subvenciones a los ayuntamientos, que han sido publicadas esta semana en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) por vía de urgencia, establecen que podrán acogerse a estas ayudas aquellos programas de atención de necesidades e inclusión a menores y sus familias, que atiendan a un mínimo de 20 usuarios.

    El secretario autonómico de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad, Alberto Ibáñez, ha explicado que de esta manera cualquier municipio podrá beneficiarse de estas subvenciones que atienden tanto la atención de necesidades básicas de alimentación como la realización de actividades complementarias de tiempo libre, sociales, culturales, recreativas, cívicas y educativas, que se programen durante los meses de julio y agosto.

    Ibáñez ha insistido en que este año se trabajará con los ayuntamientos para que también se puedan establecer acuerdos con establecimientos de hostelería que se hagan cargo de los menús de los menores acogidos a estos programas, de manera que aunque no tengan un proyecto de ocio también puedan ver atendidas sus necesidades básicas de alimentación.

    Según ha explicado, dicho programa cuenta este año con un presupuesto que asciende a 1.264.912,50 euros, destinados a determinados niños y niñas de unidades familiares en situación de especial necesidad, dentro de las iniciativas de lucha contra la pobreza infantil.

    Los menores que participen en el programa deberán tener vecindad administrativa en un municipio de la Comunitat Valenciana y pertenecer a unidades familiares de convivencia, que en el momento de la valoración de la necesidad, no supere la cuantía mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

    Otra de las novedades de este año es que el programa incluye a menores que durante el ejercicio de concesión de la subvención tengan entre 3 y 18 años, ambas edades inclusive. En anteriores ediciones era hasta los 16 años.

    Será cada ayuntamiento subvencionado, en función de la cuantía asignada quien prioriza a los menores pertenecientes a unidades económicas de convivencia que se encuentren en situación de mayor riesgo de exclusión social.

    Para el disfrute del programa durante el período de vacaciones escolares de julio y agosto, se incluye como beneficiarios directos de las ayudas a los menores en acogimiento familiar tanto en familia extensa, allegada o educadora.

    Convocatoria en el DOCV

    Los ayuntamientos pueden optar presentando programa y la financiación de la Generalitat se destinará a cubrir las plazas de menores en riesgo de exclusión. Los consistorios se comprometerán tanto al seguimiento del programa, como a la intervención familiar con los núcleos de convivencia.

    Se pretende que estas actividades, además de proporcionarles un amplio programa de actividades de tiempo libre, sociales, culturales, recreativas, cívicas y educativas, les garantiza al menos una comida al día durante el periodo de vacaciones estivales escolares de julio y agosto. También contribuir a proporcionar a la familia un tiempo que favorezca la búsqueda y ocupación en actividades formativas y ocupacionales.

    La orden establece para la atención de las necesidades básicas de alimentación por menor y día, una cuantía máxima de 5,50 euros donde se incluirá necesariamente una comida principal y, al menos, una adicional (desayuno y/o merienda y/o cena). Este importe se incrementará hasta un máximo de 3 euros por las actividades complementarias que podrán realizarse en jornada de mañana o de tarde. La cuantía máxima de la ayuda no será superior a 8,50 euros por menor y día.

    La atención de necesidades básicas de alimentación es un requisito necesario para acceder a estas ayudas y deberá estar sujeta a las pautas recogidas en la 'Guía de los menús de los Comedores Escolares', elaborada conjuntamente por las consellerias de Sanidad y Educación, Cultura y Deporte.

    Asimismo, se respetará la diversidad cultural y religiosa de los menores y sus familias en relación con la alimentación y posibles características especiales de salud de los menores.

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