elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Del 2 al 13 de octubre, abierto el plazo para solicitar las ayudas de pobreza energética

Del 2 al 13 de octubre, abierto el plazo para solicitar las ayudas de pobreza energética

    Desde el lunes 2 de octubre y hasta el viernes 13 de este mismo mes -ambos días incluidos- estará abierto el plazo para solicitar las ayudas de pobreza energética, otorgadas por la concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Godella.

    Estas ayudas están destinadas a aquellas unidades familiares de convivencia que no disponen de ingresos suficientes para garantizar el pago de los suministros (agua, luz, gas, etc.). La partida presupuestaria está dotada con 12.000€, y el importe máximo al que podrá optar cada familia beneficiaria será de 300€.

    Para solicitar estas ayudas se tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de 18 años, o menores de edad legalmente emancipados.

    2. Estar empadronado/a y residir de forma habitual en el municipio de Godella con una antigüedad, de al menos, un año en relación a la fecha en que formule la solicitud de la ayuda. Solo en el supuesto de situaciones de riesgo o casos de violencia de género, debidamente acreditadas y valoradas por las trabajadoras sociales municipales se podrá obviar este requisito.

    3. Tener carencia o insuficiencia de recursos económicos. Disponer la unidad familiar de convivencia de una renta per cápita inferior a 1,5 veces la IPREM según el que establece el Real decreto Ley 3/2004 de 25 de junio. Como ingresos de la renta de la unidad familiar de convivencia familiar se consideran todos los ingresos brutos provenientes de sueldos, renta de propiedades, intereses bancarios y pensiones o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas a cualquier miembro de la unidad familiar de convivencia.

    4. No tener derecho a prestaciones de otros organismos públicos y/o privados la cuantía del cual sea igual o superior a la establecida en concepto de renta de la unidad familiar de convivencia que se establece en las presentes bases.

    5. Que cualquiera de los miembros de la unidad familiar de convivencia destinatarios no haya causado baja voluntaria no justificada en su trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, dentro de los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda económica.

    6. Que todos los miembros de la unidad familiar de convivencia en edad laboral se encuentren en situación de desocupación por causas a ellos no imputables, o si se encuentran en situación de activo los ingresos no superen el máximo establecido en las presentes bases como ingresos de la unidad familiar de convivencia.

    Subir