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El Gobierno aprueba el Real Decreto que establece el procedimiento para determinar las sedes de las entidades del sector público institucional estatal

  • La Comisión consultiva para la determinación de las sedes estará presidida por la ministra de Política Territorial y se constituirá en el plazo de un mes

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece el procedimiento que determinará el término municipal en el que se ubicará la sede física de las nuevas entidades del sector público institucional estatal, así como los nuevos departamentos o subsedes dependientes de entidades ya existentes.

Se crea asimismo la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, como órgano colegiado de la Administración General del Estado (AGE) de asistencia al Consejo de Ministros en este procedimiento.

La desconcentración, principio de funcionamiento de la AGE

Al enunciar los principios que deben regir en el funcionamiento de la Administración pública, la Constitución resalta los de eficacia, jerarquía, desconcentración y coordinación. El principio de desconcentración se recoge además en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece en su artículo 54.1, que “La Administración General del Estado actúa y se organiza de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 3, así como los de descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial”.

Está acreditado el papel beneficioso que ejercen las instituciones públicas en los entornos físicos en los que se ubican. Además de contribuir a la creación de empleos directos e indirectos, facilitan la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones.

Los efectos positivos de la desconcentración de las sedes públicas se verán reforzados con el establecimiento de un procedimiento de elección racionalizado, con criterios como la cohesión territorial, la eficacia de los servicios públicos y la transparencia dentro de un proceso objetivo y competitivo.

Comisión consultiva para la determinación de las sedes

Se crea una Comisión consultiva para la determinación de las sedes presidida por la ministra de Política Territorial y de la que será vicepresidente el secretario de Estado de Política Territorial. Vocales permanentes serán los titulares de la Secretaría General de Coordinación Territorial y un representante de cada uno de los ministerios de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Ministerio de Trabajo y Economía Social, Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; Derechos Sociales y Agenda 2030; y dos representantes del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Entre los vocales no permanentes figurarán representantes de los ministerios a los que se encuentren adscritas las entidades del sector público cuya sede física sea objeto de convocatoria. Ejercerá como secretario la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local del Ministerio de Política Territorial.

La Comisión, entre otras funciones, elaborará un informe sobre los requisitos que serán tenidos en cuenta en la elección de la sede, realizará un dictamen que analizará las posibles sedes que pueden albergar la entidad afectada y elaborará un informe anual que elevará al Consejo de Ministros.

El procedimiento fomenta que las diferentes administraciones territoriales puedan presentar distintas localidades para albergar las sedes de entidades públicas estatales. Además, se permite que dichas administraciones puedan comprometer cesiones de diferente naturaleza, de modo que la AGE no tenga que asumir íntegramente el coste de la instalación de una entidad.

Se fortalecerá la igualdad de oportunidades, al facilitar que la ciudadanía, con independencia de su lugar de residencia, pueda relacionarse o incluso trabajar directamente  en unidades de las instituciones públicas estatales.

Los criterios que fije la Comisión consultiva para la determinación de las sedes permitirán reforzar las políticas del Gobierno en distintas áreas.

Se tendrá en cuenta también a los empleados públicos, incorporando la posibilidad de ofrecerles condiciones ventajosas para el traslado sin perjuicio en su carrera profesional. Se reforzará de esta forma el funcionamiento de las entidades afectadas y fomentará el acceso a la función pública estatal de los ciudadanos y ciudadanas, con independencia de su lugar de residencia.

Principios y criterios aplicables para la determinación de las sedes

La determinación de la sede física de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal se realizará atendiendo a los principios del artículo 103.1 de la Constitución Española y a los fijados en el artículo 3 de la Ley Régimen Jurídico del Sector Público así como a los de vertebración, equilibrio territorial y adecuación al sector de actividad. Estos principios podrán ser completados con otros criterios por la Comisión consultiva para la determinación de las sedes.

La Comisión se reunirá al menos una vez al año y siempre que sea necesario determinar la sede física de las entidades públicas.

Determinación de la sede física de una entidad de nueva creación

Una vez creada una nueva entidad pública, el Consejo de Ministros acordará iniciar el procedimiento para la determinación de su sede física.

En el plazo de un mes, la Comisión consultiva elaborará un informe que se publicará en el BOE con los criterios a tener en cuenta para determinar la ubicación de su sede. En el plazo de un mes, desde la publicación del acuerdo de inicio del procedimiento, las comunidades autónomas y los órganos plenarios de las entidades locales podrán presentar por medios electrónicos la candidatura de uno o varios municipios para albergar la sede física de la entidad correspondiente.

Adicionalmente, las administraciones que presentan candidaturas pueden ofrecer todos o alguno de los siguientes compromisos: cesión de bienes inmuebles, asunción de costes financieros del traslado o creación de la sede y medidas de apoyo al personal trasladado.

Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Comisión solicitará informe a la entidad afectada y elaborará un dictamen, que podrá incluir localidades no postuladas, analizando las posibles sedes y que remitirá al Consejo de Ministros, que adoptará el acuerdo, que se publicará en el BOE, en el plazo máximo de seis meses desde el inicio del procedimiento.

La Comisión consultiva se constituirá en el plazo de un mes y no incrementará el gasto público, porque trabajará con medios personales, técnicos y presupuestarios ya asignados a los departamentos que la integran.

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