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Gobernación tramita 959 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat durante 2011

  • Un total de 251 establecimientos fueron sancionados por carecer de la licencia correspondiente

  • Vega: “La prioridad del Consell es velar por la seguridad y bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos, así como por el equilibrio al derecho al ocio y el descanso”

La conselleria de Gobernación ha abierto 959 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011, tal y como ha informado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega.

Vega ha especificado que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Generalitat, del total de sanciones registradas el año pasado en las tres provincias de la Comunitat, 76 son muy graves y 883 han sido catalogadas como graves.

La directora general ha destacado que para la Generalitat “es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta Ley se persigue que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso”.

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves; en concreto, la infracción más numerosa ha sido la de celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin contar con la correspondiente licencia, con 251 sanciones, seguida de 239 infracciones por incumplir el horario; 204 por carecer de seguro; 85 por incumplir las medidas de seguridad o sanidad, sin riesgo para las personas o bienes.

La venta y suministro de bebidas alcohólicas a menores han sido causa de sanción en 22 ocasiones y un total de 15 establecimientos han comido infracción por realizar, sin autorización, de modifcaciones sustanciales en los establecimientos y que han supuesto una alteración de de las condiciones de la concesión de la licencia

Además, 14 locales han cometido infracciones por la admisión de menores y 13 por dedicar los establecimientos a otras actividades distintas para las que estaban autorizados.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, Vega ha concretado que en su mayoría “se deben al incumplimiento tanto de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas -24-, como el incumplimiento de las medidas de seguridad cuando ello suponga un grave riesgo para las personas o bienes -15-.

Sanciones por provincias
Por provincias, en la de Valencia se han cometido hasta 522 infracciones durante todo este año. En este caso, 56 fueron muy graves y 466 graves. Entre las graves, un total de 150 se originaron por carecer de seguro, 143 por carecer de la licencia correspondiente, 52 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad y 14 por la realización, sin autorización, de modifcaciones sustanciales en los establecimientos y que han supuesto una alteración de de las condiciones de la concesión de la licencia

En el caso de la provincia de Alicante corresponden 317 sanciones, de las que 303 son graves y 14 muy graves. En esta provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 139 infracciones, así como el carecer de la licencia correspondiente con 62 casos, y de seguro -33 sanciones-, e incumplir las medidas de seguridad y sanidad sin grave riesgo para las personas -22 locales sancionados por este motivo- suponen las causas más tramitadas

En cuanto a la provincia de Castellón, la conselleria de Gobernación ha tramitado sanciones en 120 ocasiones; seis muy graves y 114 tipificadas como graves. En el caso de los establecimientos públicos de la provincia castellonense, la infracción más repetida es la de la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas, sin la correspondiente licencia o autorización -46 establecimientos-, seguida por incumplir el horario -22-, y carecer de seguro -21 sanciones-.

Cuantía de las sanciones
La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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