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Gobernación abre 224 expedientes sancionadores a establecimientos públicos durante el primer semestre del año

  • La mayoría de las infracciones se deben al incumplimiento del horario de apertura y cierre

  • Sonia Vega: "La prioridad del Consell es velar por la seguridad y bienestar de los establecimientos públicos así como por lograr un equilibrio entre el derecho al ocio y el descanso"

  • Gobernación ya trabaja con el sector la Orden de Horarios para el próximo año

La Conselleria de Gobernación y Justicia ha abierto 224 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2013, tal y como ha informado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega.

Vega ha especificado que, en aplicación de la legislación de Espectáculos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Generalitat, en la Comunitat Valenciana se han producido un total de 340 infracciones durante los 6 primeros meses de este año, de las cuales 323 son graves y 17 han sido calificadas como muy graves.

De las infracciones más abundantes tipificadas como graves destacan con 123 las infracciones por incumplir el horario de apertura y cierre. En este sentido, la directora ha recordado que la Conselleria de Gobernación y Justicia ya trabaja con el sector la Orden de Horarios para el próximo año.

A estas infracciones se suman otras 71 debido a la celebración de espectáculos públicos, actividades recreativas o la apertura de establecimientos públicos sin contar con la correspondiente licencia o autorización; 57 por carecer de seguro y 37 por incumplir las medidas de seguridad o sanidad previstas en la Ley.

La dedicación de los establecimientos o instalaciones a actividades distintas de las indicadas en la licencia ha sido causa de infracción en 11 ocasiones; el exceso de aforo permitido, cuando no suponga un grave riesgo para la seguridad de las personas ha sido motivo de sanción en cinco ocasiones.

La admisión o participación de los menores en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos donde tenían prohibida su entrada se ha sancionado en 5 ocasiones. Otras cinco infracciones se han debido a la utilización de medios sonoros o audiovisuales en los establecimientos públicos cuando no estaban contemplados en la licencia.

Además, la venta o suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, así como permitir su consumo en establecimiento público ha sido la causa de 4 infracciones. La realización, sin efectuar la oportuna declaración responsable sobre modificaciones que presupongan una nueva licencia han motivado otras 2 infracciones.

Asimismo, otras infracciones se han debido al hecho de portar armas dentro de establecimientos públicos sin autorización o al mal estado de las instalaciones; entre otras.

Respecto a las infracciones tipificadas como muy graves que ascienden a 17, Vega ha concretado que en cinco ocasiones se deben a "la reapertura de establecimientos afectados por resolución firme en vía administrativa de clausura o suspensión", en otras tres ocasiones se debe al incumplimiento de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas y en otras tres ocasiones por el incumplimiento de las medidas de evacuación de las personas al disminuir gravemente el grado de seguridad exigible para las personas y bienes".

Asimismo, dos sanciones muy graves se deben al incumplimiento de las medidas de seguridad, que suponían un grave riesgo para las personas o bienes; en otras dos ocasiones ha sido por permitir acciones penalmente ilícitas o ilegales, especialmente en relación con el consumo o tráfico de drogas y en otras dos ocasiones por negar el acceso a los agentes de la autoridad o funcionarios inspectores, así como la negativa a colaborar con ellos.

Sonia Vega ha destacado que para la Generalitat "es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta legislación se persigue que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso".

En cuanto a las infracciones por provincias, en la de Alicante se han cometido 133 graves en los seis primeros meses de este año, mientras que en Valencia ascienden a 150 y en Castellón a 40. Respecto a las infracciones calificadas como muy graves, Valencia suma 10, Alicante seis y por último Castellón, con una.

Cuantía de las sanciones
La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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