Blasco impulsa mañana la declaración de Gandia como Gran Ciudad
Mejorará su organización interna para dar mayores servicios a sus ciudadanos
Gandia es el séptimo municipio de la Comunitat que recibe el reconocimiento de Gran Ciudad
Gandía será así el séptimo municipio de la Comunitat Valenciana con el rango de Gran Población, junto a las tres capitales de provincia, Elx, Torrevieja y Torrent. “Un importante reconocimiento para la ciudad de Gandia que viene a coincidir con el año que celebra el V Centenario del nacimiento de San Francisco de Borja”, ha destacado el conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco.
Con este último paso, se cumple el compromiso adquirido por el conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, cuando a primeros de febrero, al presentar el anteproyecto de Ley al Pleno del Consell, avanzó que Gandía recibiría el reconocimiento de Gran Ciudad antes del verano.
El Pleno del Ayuntamiento de Gandia acordó el 11 de mayo de 2009, por mayoría absoluta, acogerse al régimen de organización de los municipios de gran población, con los trámites legales procedentes para su conveniente autorización. La Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía ha impulsado esta ley que deberá recibir mañana miércoles el respaldo definitivo en Les Corts.
El municipio de Gandia cuenta con una población de 79.958 habitantes. La localidad, atendiendo a sus especiales circunstancias económicas, sociales, históricas y culturales, reúne los requisitos establecidos por la normativa vigente. Este régimen, además de los municipios con una población superior a 250.000 habitantes; las capitales de provincia con más de 175.000 habitantes, y las capitales de provincia, autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas, es aplicable también a los municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales.
Ventajas de ser Gran Ciudad
La designación como Gran Ciudad supone novedades y ventajas para Gandía. Así, por ejemplo, el alcalde podrá designar y cesar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno. También dicha Junta puede abrirse a personas que no son concejales. Hasta un tercio de la misma, sin contar al alcalde, puede estar formada por estas personas.
Asimismo se contempla la posibilidad de que el Ayuntamiento cree un Consejo Social en materia de desarrollo local, tenga servicio jurídico propio, Defensor del Ciudadano, Comisión de sugerencias y reclamaciones y mayores competencias en materia de seguridad ciudadana, tráfico y deporte. También la consideración de Gran Ciudad facilita la modernización de la estructura orgánica con posibilidad de órganos de gestión tributaria, direcciones generales, coordinadores de área y concejalías, Intervención General Municipal, un órgano para la resolución de las reclamaciones económica-administrativas, etc