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Flores: “La nueva ley obligará a los municipios de más de 20.000 habitantes a tener todas las aceras adaptadas”

  • La Conselleria de Infraestructuras ha elaborado un proyecto de Ley de Accesibilidad Universal al Sistema de Transporte para garantizar un transporte accesible a todos los ciudadanos

  • La normativa beneficiará a las personas con movilidad reducida, mayores, embarazadas y viajeros con niños pequeños

El conseller de Infraestructuras y Transporte, Mario Flores, ha explicado hoy que una vez esté aprobada la Ley de Accesibilidad Universal al Sistema de Transporte, “todos los municipios de más de 20.000 habitantes deberán tener todas las aceras adaptadas en un periodo de cuatro años”.

La Conselleria de Infraestructuras y Transporte ha elaborado el proyecto de Ley de Accesibilidad Universal al Sistema de Transporte, una normativa que garantizará un sistema de transporte accesible a todos los ciudadanos, convirtiendo así a la Comunitat en la autonomía más avanzada en niveles de accesibilidad al transporte público para personas con problemas de movilidad.

Flores ha asegurado que esta ley “no sólo se dirige a colectivos con limitaciones específicas de movilidad, sino que también beneficia a personas mayores, embarazadas y viajeros con niños pequeños; que tendrán mayor comodidad y mejor accesibilidad en sus desplazamientos”.

Uno de los aspectos que ha destacado el Conseller ha sido la “concepción global” de la ley, ya que exige la accesibilidad no sólo en los medios de transporte, sino en todo elemento necesario como son paradas, estaciones, etc. ”Por ejemplo, se evitarían casos de un autobús no pueda utilizarse porque la parada no es accesible o porque las aceras no lo son”.

Plan de Adaptación
El Conseller ha explicado que “los municipios deberán elaborar un Plan de Adaptación de itinerarios urbanos a las personas con problemas de movilidad, evaluando el nivel de adaptación de todas las aceras y otros elementos destinados a los peatones de la localidad”.

Antes del 31 de diciembre de cada año, cada municipio elaborará un documento que refleje el grado de cumplimiento de los objetivos del Plan, documento que será sometido a información pública y trasladado al órgano de participación para su conocimiento.

Por lo que respecta a los municipios de menos de 20.000 habitantes que no alcancen las 10.000 viviendas, deberán adaptar su red peatonal a las necesidades de las personas con problemas de movilidad en los plazos más breves posibles y en todo caso en un plazo de ocho años.

Requisitos de los itinerarios peatonales
Según marca la normativa, las aceras, andenes, viales o cualquier otro elemento lineal o puntual que tenga el carácter de itinerario peatonal por estar destinados a facilitar el desplazamiento de las personas a pie o en sillas de ruedas, serán habilitados y mantenidos de manera que permitan en ambos casos el desplazamiento en idénticas condiciones de comodidad y calidad.

Los elementos señalados serán diseñados con las dimensiones mínimas y características básicas que reglamentariamente se determinen, permitiendo en todo caso la existencia de una banda de suficiente anchura exenta de obstáculos de cualquier tipo, tales como elementos de edificación o urbanización, mobiliario urbano, o elementos análogos.

Asimismo, se garantizará la adecuada continuidad en el cruce con el resto de la red viaria mediante rampas, tratamiento de pavimentos, señalización y demás elementos de diseño que se consideren adecuados para garantizar dicha continuidad.

Las barandillas, barreras o cualquier otro tipo de elemento de protección utilizados en las aceras, andenes y viales deberán cumplir las condiciones de seguridad que se determinen, de modo que no puedan ocasionar ningún tipo de perjuicio a los usuarios de la vía pública, teniendo en cuenta especialmente las condiciones específicas de las personas de corta edad y de las personas con limitaciones visuales.

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