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El 94% de las familias valencianas solicitantes de adopción son valoradas como idóneas

  • Angélica Such destaca la labor del Consejo de Adopción de la Comunitat Valenciana

  • De las 876 solicitudes presentadas, tan sólo 51 no han resultado idóneas

La consellera de Bienestar Social, Angélica Such, ha explicado que el 94% de las familias valencianas solicitantes de adopción son valoradas como idóneas por el Consejo de Adopción de Menores de la Comunitat Valenciana durante 2009.

Concretamente, el pasado año se presentaron un total de 876 solicitudes de las cuales, 51 fueron consideradas no idóneas. Asimismo, Angélica Such ha destacado que, “del total de solicitudes valoradas, un total de 557 son de la provincia de Valencia, 227 de Alicante y 92 de Castellón”.

La consellera de Bienestar Social ha señalado que la obtención de la idoneidad es el primer paso que deben dar las familias que quieren adoptar un menor. La adquisición de este trámite administrativo se ha agilizado significativamente en los últimos años, y siguen implantándose los medios que permitan no superar el plazo de seis meses.

Sin embargo, ha subrayado Angélica Such, la duración total de los trámites de adopción, en el caso de la adopción internacional, desde que ésta se solicita, “depende del país de procedencia del niño, en función de los criterios y legislaciones establecidas”.

La necesidad de valorar la idoneidad, según la consellera, proviene de las diferencias entre la paternidad biológica y la paternidad adoptiva, ya que ésta última, “entraña una dificultad añadida, al crear un vínculo con un niño que ha pasado por múltiples dificultades desde su nacimiento”.

A juicio de Angélica Such, los padres adoptivos no pueden permitirse fallar “porque sus hijos adoptados ya han tenido unos padres que por diversas circunstancias les han fallado y le haríamos un flaco favor al hacerles pasar de vivir con las carencias de una institución, a sufrir los problemas de unos padres adoptivos que no puedan atender a sus necesidades emocionales”.

En cuanto a la necesidad de establecer criterios de idoneidad, la consellera ha señalado que tanto los países de origen de los niños en situación de adoptabilidad, así como el Estado Español, “están obligados a verificar que las familias que solicitan una adopción, proporcionarán al niño las condiciones afectivas, emocionales y sociales que pueden considerarse básicas para su desarrollo personal”.

Consejo de Adopción
Such ha explicado que el Consejo de Adopción de la Comunitat Valenciana valora los expedientes de las familias de manera especial y su trabajo, “no se limita a comprobar simplemente si la familia desea a ese niño y si le proporcionará alimento y escolarización porque, obviamente, el deseo de ser padre adoptivo no implica necesariamente ser capaz de comprender y asumir las necesidades emocionales del niño”.

En este sentido ha destacado que las decisiones de dicho Consejo no son puramente administrativas, “son decisiones técnicas refrendadas por la sociedad civil valenciana representada por diversas instituciones y entidades que forman parte del Consejo”.

Así, ha puntualizado, la representación de la sociedad en el organismo se compone de personas cualificadas y con conocimientos sobre el área de familia, menor y adopciones, lo que permite que en la toma de decisiones se apliquen criterios cualificados y plurales que reflejen nuestra realidad social.

Criterios y valoraciones
Respecto a las valoraciones para determinar la idoneidad de los solicitantes de adopción, Angélica Such ha explicado que básicamente “hacen hincapié en el realismo del proyecto, es decir, que la familia sea consciente de las dificultades que supone una adopción, para que después no se vea desbordada o decepcionada por la realidad de la paternidad adoptiva”. También se valora la motivación de la familia para comprobar que la adopción no responde a cubrir carencias afectivas ni vacíos existenciales, pues con este tipo de motivaciones no se pueden atender adecuadamente las necesidades emocionales de los hijos adoptivos.

El objetivo de la Administración es, precisamente, en opinión de la consellera de Bienestar Social, “minimizar el riesgo de fracaso de la familia adoptiva con el niño, determinando si las familias estarán preparadas para afrontar y superar el proceso de adaptación mutuo. Hay que evitar a toda costa la vuelta del niño a un centro de acogida, ya que las secuelas psicológicas para él podrían ser irreversibles”.

Por lo tanto, las valoraciones psicosociales que se realizan para determinar la idoneidad de los solicitantes de adopción, pretenden valorar a cada familia en función de su capacidad para enfrentar la problemática inherente a la paternidad adoptiva, como forma principal de prevención de fracasos.

comentario 1 comentario
Pepa
Pepa
02/08/2010 11:08
JUSTIFICAR LO INJUSTIFICABLE

LAS CARENCIAS DEL SISTEMA –JUSTIFICAR LO INJUSTIFICABLE- http://www.afaprovi.org “El actual procedimiento de selección de solicitantes idóneos basado en unas horas de entrevistas no es capaz de predecir el comportamiento futuro de los solicitantes de adopción. Es decir, no es capaz de predecir quién va a ser un buen padre y quién no. No tiene base científica pero, sobre todo, es injusto. La evidencia señala que la mejor manera de modificar comportamientos y ajustarlos a un modelo es el uso de la formación. No debería olvidarse que en un Estado de Derecho, la idoneidad judicial es la única garantía de que disponen los ciudadanos solicitantes de adopción frente a la arbitrariedad de la Administración.”... sigue en Vox Populi

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