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El plazo de presentación de las subvenciones a clubes deportivos de Elda está abierto

El plazo de presentación de las subvenciones a clubes deportivos de Elda está abierto
  • Desde el 17 de junio hasta el 5 de julio las entidades deportivas de la ciudad pueden solicitar estas ayudas

El plazo de presentación de las subvenciones para clubes y entidades deportivas de Elda está abierto desde el pasado 17 de junio y terminará el próximo 5 de julio.

Asimismo, las solicitudes se realizarán exclusivamente de forma telemática en la web www.sedeelectronica.elda.es y deberán ser formuladas por el o la representante legal de la entidad.

Para poder acceder a dichas ayudas los clubes tienen que cumplir los siguientes requisitos: Deben ser entidades legalmente constituidas como clubes o entidades deportivas y su domicilio social tiene que estar ubicado en el municipio de Elda. A su vez, deben estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de este Ayuntamiento por un periodo mínimo de 2 años hasta la fecha de presentación de las solicitudes. También, entre sus actividades debe constar una de las modalidades inscritas en federaciones deportivas y además, estas federaciones tienen que estar inscritas en el Registro Nacional del Consejo Superior de Deportes. Por último, la competición en la que participa la entidad estará regulada o incluida en el calendario oficial de competición organizado por la federación de su modalidad correspondiente.

Junto a la solicitud, se tiene que aportar la siguiente documentación:

En primer lugar, es obligatorio adjuntar la documentación adjunta a la solicitud, la declaración responsable (Ley 38/2003), la cuenta justificativa y la declaración responsable del IVA, la memoria descriptiva, el certificado de la federación  oficial correspondiente que acredite que participa, al menos, en una competición oficial organizada  y el certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones ante la TGSS.

Por otra parte, si cuenta con la declaración responsable de méritos deportivos también será preciso adjuntarla para la baremación de méritos.

Respecto a aquellas entidades que no han solicitado estas ayudas con anterioridad o de las que no se disponen datos, o bien, éstos han sido modificados o no disponen de la autorización para la obtención del certificado de la AEAT en el momento de la solicitud, deberán adjuntar: los datos bancarios conforme a la ficha de terceros, la fotocopia del CIF de la entidad, los estatutos sociales de la entidad y el certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias ante la AEAT.

La bases se pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.elda.es/doc/deportes/subvenciones/20182019/clubes/PUBLICADO_ANUNCIO_BASES_BOPA_SUBV_CLUBS_DEPORT.pdf

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