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Educación garantizará los servicios mínimos en la enseñanza durante la huelga convocada para el día 9

    La conselleria de Educación, Cultura y Deporte garantizará los servicios mínimos establecidos por la Resolución del conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, publicada hoy en el DOCV, con ocasión de la huelga convocada en el sector de la enseñanza en el ámbito de la Comunitat Valenciana el día 9 de mayo.

    Según establece la resolución, todos los centros de enseñanza contarán con un miembro del equipo directivo, con exclusión de actividades lectivas. En los centros con más de un turno de enseñanza podrá ser relevado el cargo directivo que preste el servicio por otro miembro del equipo directivo.

    En los centros de educación Infantil, Enseñanza Primaria y Secundaria Obligatoria contarán además con un profesor por cada etapa educativa, con un mínimo de un profesor por cada seis unidades.

    En los centros específicos de Educación Especial, un educador de educación especial, por cada cinco unidades, mientras que los centros de enseñanza o educación con internado, además de los servicios establecidos en los apartados anteriores se prestarán los servicios propios de los días festivos.

    La conselleria de Educación, Cultura y Deporte velará por la aplicación de estos servicios que deberán prestarse con los medios personales estrictamente necesarios para asegurar su prestación en condiciones de máxima seguridad.

    Cabe destacar que estos servicios mínimos pretenden garantizar la continuidad del servicio durante la huelga, y se han establecido con un criterio restrictivo sin pretender alcanzar el nivel de funcionamiento habitual pero adecuando la protección del interés de la comunidad y la restricción impuesta al ejercicio del derecho de huelga. Por lo tanto, estos servicios mínimos tratan de conciliar los derechos de los trabajadores que quieran realizar huelga con el derecho de la comunidad al servicio educativo que se ve afectado por la huelga.

    Tal y como establece la resolución, se considera imprescindible la prestación de un servicio mínimo consistente en la presencia física en estos por parte de las personas responsables de los mismos, para evitar cualquier tipo de alteración, dado además que la exigencia de apertura de todos los centros, considerando además la amplia convocatoria de la huelga, puede suponer un menoscabo en la seguridad de los alumnos menores, derivada de la falta de vigilancia o de atención sobre dichos menores en los referidos centros.

    Tampoco se puede olvidar la general afectación a la sociedad en general por los problemas derivados de la conciliación de la vida familiar y laboral, debiendo conjugarse el derecho de huelga con el derecho al trabajo de los padres, tal y como sostiene el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

    Por los motivos expuestos, el Consell considera necesario establecer servicios esenciales mínimos para la enseñanza pública y privada, diferenciando los que se consideran imprescindibles para todos los centros y los que se refieren a los de educación infantil, enseñanza primaria y enseñanza secundaria obligatoria, así como para los centros específicos de educación especial y para los de enseñanza o educación con internado, considerándose de este modo no solo las etapas educativas en las que los alumnos son menores de edad, sino en la educación especial, las características personales de los alumnos, de especial vulnerabilidad y siendo congruentes con el deber de vigilancia que compete a la administración educativa, sobre los menores que concurren a los centros escolares.

    Por último, cabe recordar que legalmente los servicios mínimos deben establecerse mediante resolución administrativa, dado que el Tribunal Constitucional considera que la participación de los agentes económicos y sociales no constituye un trámite preceptivo ni vinculante.

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