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Educación y Economía Sostenible establecen la estructura organizativa para la acreditación de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral

    La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo han publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana el decreto por el que se establece la estructura organizativa conjunta responsable del procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral o formación no formal.

    Mediante este decreto, ambas consellerias trabajarán conjuntamente en el procedimiento, de manera que se realizará un uso más eficiente de los recursos públicos y se podrá atender a un mayor número de interesados en la acreditación de la competencia profesional.

    El principal objetivo del Gobierno valenciano es poder poner a disposición de los trabajadores y las trabajadoras un mecanismo que permita agilizar el reconocimiento de sus competencias y, de este modo, mejorar sus perspectivas laborales.

    Así se posibilita que tengan más oportunidades de acceso al mercado laboral, pero también que puedan seguir formándose para obtener un certificado de profesionalidad o título de Formación Profesional, convalidando los módulos reconocidos y cursando los módulos que les falten.

    El decreto establece la estructura encargada de las funciones de gestión única del procedimiento, seguimiento y evaluación de los resultados, información, asesoramiento y evaluación de las personas candidatas, y acreditación y registro de las unidades de competencia.

    Asimismo, crea una comisión mixta de reconocimiento de competencias profesionales, compuesta por representantes de la Conselleria de Educación y del Servef, que tendrá como cometido unificar la propuesta de convocatorias de procedimientos que ha de elevarse al Consejo Valenciano de Formación Profesional, entre otros.

    Por otro lado, el decreto también establece la posibilidad de que los procedimientos de acreditación de la competencia puedan ser propuestos, coordinados y llevados a cabo tanto por la Conselleria de Educación, como por el Servef, o por los centros integrados públicos de formación profesional (CIPFP) y los centros de referencia nacional.

    Información y orientación general

    El decreto también contempla un sistema integrado de información y orientación relacionado con el Sistema de Cualificaciones Profesionales y Formación Profesional, y facilitará medidas para su divulgación en todos los ámbitos sociales.

    Para su consecución, Educación promoverá junto al Servef una red integrada de información y orientación profesional. Esto permitirá además de una mayor optimización de los recursos, ofertar un nuevo modelo de orientación a la ciudadanía más ajustado a la diversidad de situaciones de cada persona: orientación académica y para la carrera profesional, información para la acreditación de competencias y orientación para la inserción laboral.

    Igualmente, se prestarán servicios de información y asesoramiento a aquellas empresas, entidades o asociaciones de profesionales interesadas en el proceso de acreditación de sus trabajadores y a los representantes sindicales de estos. También podrán realizar esta labor las administraciones locales, los agentes sociales, las cámaras de comercio y otras entidades y organizaciones públicas y privadas que deseen prestar el servicio de información y orientación, siempre y cuando cuenten con la estructura informativa y el personal habilitado necesario.

    Información de los procedimientos convocados

    El decreto también establece un servicio abierto y permanente, presencial y en red, que facilite información y orientación a todas las personas que la soliciten sobre la naturaleza y las fases del procedimiento, su acceso, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales que pueden obtener y sus efectos.

    Esta información y orientación será facilitada por los centros públicos integrados de formación profesional y los centros de referencia nacional sedes de los procedimientos convocados, con participación de sus departamentos de Orientación, de Formación y Orientación Laboral; del profesorado habilitado como asesor o evaluador, y, en su caso, de aquellos departamentos que asuman funciones relacionadas con estos procedimientos. Por otro lado, podrán colaborar en esta función los centros Servef de empleo.

    Por otra parte, el decreto fija en la Conselleria de Educación la función de realizar la convocatoria pública de cualquier procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Además, el Servef podrá, a su vez, proponer convocatorias y las asociaciones o federaciones empresariales y las organizaciones sindicales más representativas en la Comunitat Valenciana, a través de sus representantes en el Consejo Valenciano de la Formación Profesional, podrán solicitar convocatorias específicas.

    Por último, se establecen los requisitos, la formación y las funciones del personal asesor y evaluador que participe en el procedimiento.

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