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El DOCV publica el nuevo Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana

    El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy el Decreto en el que se recoge el nuevo Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana.

    Aprobado recientemente por el Consell, el Decreto introduce modificaciones en este tipo de juegos, en el horario y además simplifica los trámites y cargas de carácter administrativo.

    En cuanto a las modificaciones en el juego, se amplía en 4 la relación de juegos exclusivos de casinos, al incluirse el Triple Black Jack, el Texas Póker de Contrapartida, el Triple Juego y el Texas Hold'em Póker Bonus.

    Se admite también la posibilidad de que las variantes electrónicas de los juegos de casino presenten variaciones respecto al modo presencial.

    Asimismo, se amplía el horario de juego y se permite el funcionamiento ininterrumpido de los casinos durante las 24 horas del día ?hasta ahora el horario estaba limitado a 20 horas diarias?, facilitando que el casino adapte los horarios a las demandas existentes. En la práctica, el horario de las salas quedará fijado por una simple comunicación del casino a la Conselleria.

    Otra novedad importante es que se amplía a siete el número de salas apéndice que pueden autorizarse en la provincia de Castellón, para equipararlo al permitido en las provincias de Alicante y Valencia.

    Respecto a la simplificación de trámites y cargas, el Decreto elimina el requisito de la autorización previa por parte de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública de las bases de los torneos, bastando a partir de ahora con una comunicación hecha por el casino.

    Desaparece también la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana la devolución de las fianzas de las empresas titulares de casinos y de esperar dos meses para continuar el trámite de devolución, que quedan sujetas al régimen general de fianzas de la Generalitat, por lo los titulares de los casinos podrán obtener la devolución varios meses antes, con el consiguiente ahorro de gastos financieros.

    Otra novedad destacable es que en el interior de las salas de juego podrán prestarse los servicios complementarios (servicio de bar, de restaurante, sala de estar, sala de espectáculos o fiestas, etc.), eliminando la rigidez existente en la anterior regulación, que limitaba la instalación a algunos de ellos.

    Por otra parte, el nuevo Reglamento elimina la exigencia de los carnés profesionales para el personal de los casinos.

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