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El Ayuntamiento promueve una ordenanza de convivencia ciudadana que prevé sanciones de hasta 3.000 euros

  • La norma busca garantizar la tranquilidad, seguridad y descanso de los vecinos.

La Comisión Informativa de Gobernación ha aprobado inicialmente la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana, un texto que pretende garantizar la libertad de uso de los bienes y servicios públicos por parte de todos los ciudadanos “pero no a costa del sacrificio de la tranquilidad, seguridad o descanso de los demás”, según ha explicado el concejal de Gobernación, Miguel Llobell. El ámbito de aplicación de esta nueva ordenanza es todo el término municipal de Dénia, incluyendo La Xara y Jesús Pobre.

La normativa tipifica las infracciones en muy graves, graves y leves y establece las correspondientes sanciones económicas en virtud del grado, con multas que pueden alcanzar los 3.000 euros.

Entre las infracciones muy graves se contemplan romper, arrancar, pintar o causar daños en la señalización pública que impidan o dificulten su visión o comprensión; incendiar deliberadamente elementos del servicio público, escombros o desperdicios; romper o inutilizar los árboles de la vía pública, parques o jardines; o el maltrato a animales y su abandono, entre otras. Estas actuaciones serán sancionadas con multa de entre 1.501 euros a 3.000 euros.

El documento establece como infracciones graves el ejercicio de la mendicidad; la práctica, ofrecimiento y demanda de servicios sexuales en la vía y espacios públicos; el consumo de bebidas alcohólicas en la calle y el vertido de residuos o basura a la red de alcantarillado o a la vía pública que generen riesgos de insalubridad. Estas acciones serán sancionadas con multa de 751 hasta 1.500 euros.

Por último, entre las faltas leves se enumeran alterar el descanso de los vecinos con música alta, gritos, ruidos de muebles u otros objetos entre las 22 y las 8 horas; causar molestias por alarmas sonoras averiadas o sin supervisión del propietario; sacudir prendas o alfombras por balcones o ventanas; regar en balcones o ventanas cuando genere molestias o daños a otros vecinos; acampar sin autorización; lavar o reparar coches en los espacios públicos; realizar pintadas y graffitis; orinar, defecar o escupir en la vía pública y arrojar o dejar basura o cualquier elemento en las calles. Estas infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 750 euros.

Según establece el documento, el infractor deberá reponer la situación alterada a su estado originario, de manera que los daños o perjuicios ocasionados serán siempre reparados o resarcidos por las personas responsables.

Por último, la norma contempla entre sus objetivos “incentivar la rehabilitación de los infractores”, lo que en la práctica supondrá que el Ayuntamiento podrá ofrecer al expedientado la opción de solicitar la sustitución, total o parcial, de la sanción de multa por la realización de tareas o labores para la comunidad.

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