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CSIF señala que la Generalitat retira el recurso ante el Supremo y convierte en firme la sentencia del TSJ sobre plurilingüismo

    El sindicato CSIF informa de que Abogacía de la Generalitat ha retirado el recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo tras la sentencia, el pasado mes de julio, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana sobre el decreto que establecía el modelo lingüístico educativo valenciano. Esa sentencia la dictó el tribunal tras el recurso por vulneración de derechos fundamentales interpuesto por CSIF y reconocía “discriminación” en la Disposición Adicional 5 del decreto.

    La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) explica que la notificación de esa retirada del recurso de casación convierte en firme la sentencia del TSJ. El propio escrito de Abogacía reconoce que “debe acordarse la terminación del proceso, con todos sus incidentes, incluido el recurso de casación que nos ocupa”.

    El sindicato CSIF recuerda que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana estimó parcialmente su recurso por vulneración de derechos fundamentales contra el decreto 9/2017, de 27 de enero, que establece el modelo lingüístico educativo valenciano. La sentencia anulaba la Disposición Adicional 5 porque “resulta injustificada la certificación automática de los niveles de competencia lingüística en valenciano y en inglés para el alumno acogido a la mayor normalización del valenciano”.

    La central sindical apunta que el dictamen de la sala recalcaba el “desequilibrio para el castellano” y el “claro agravio comparativo para el alumnado que opte por mayor presencia del castellano”, tal como aducía CSIF en su recurso. El tribunal sostenía incluso que “la Disposición Adicional 5ª controvertida no supera el canon de constitucionalidad”.

    El TSJ concluía que esa disposición adicional “realiza una evidente diferencia de trato entre el valenciano y el castellano que tiene una clara incidencia en la certificación de lenguas al alumnado”.  Por ello dictaminó que “vulnera derechos susceptibles de amparo constitucional” y acordó estimar la demanda presentada por CSIF.

    La Generalitat decidió presentar recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. No obstante, ayer remitió un nuevo escrito en el que explica que “mediante decreto 219/2017, de 29 de diciembre, del Consell ha sido derogado el Decreto 9/2017, de 27 de enero” y suplica a la sala que “acuerde la terminación del procedimiento”. Esta retirada, en la práctica, convierte en firme la sentencia de julio de 2016 del TSJ.

     

     

     

     

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