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Consulta las restricciones en vigor a partir del 1 de febrero en la Comunitat Valenciana

Consulta las restricciones en vigor a partir del 1 de febrero en la Comunitat Valenciana
  • El Consell ha ampliado hasta el 15 de febrero las medidas para tratar de frenar la pandemia

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publicó ayer las nuevas medidas y la modificación de algunas restricciones para tratar de frenar la pandemia del covid en la Comunitat Valenciana.

Las medidas entrarán en vigor desde esta medianoche del 1 de febrero hasta el 15 de febrero.

  • El uso de la mascarilla será obligatorio de 10 a 19 horas durante la práctica deportiva al aire libre, también en núcleos de población, playas y piscinas. No obstante, no será obligatorio si se practica deporte fuera de los núcleos de población con la que resulte incompatible su uso y si se realizan actividades infantiles y juveniles de ocio con el mismo grupo de convivencia estable.
  • Se mantiene la limitación de las reuniones en casa al núcleo de convivencia.
  • Se mantiene la limitación en la calle a dos personas.
  • Se mantiene el confinamiento perimetral durante los fines de semana de ciudades de más de 50.000 habitantes.
  • Respecto al cierre a las 18 h de locales y superficies comerciales que venden productos o artículos, se detallan cuáles pueden permanecer abiertos más allá de esa hora y qué pueden vender: productos de alimentación, bebidas, productos higiénicos, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, ópticas, productos ortopédicos, servicios de peluquería y de alimentos para animales de compañía.
  • Además, se cierran saunas, spas, solárium, baños turcos, balnearios, salones de masajes y establecimientos similares.
  • Al margen de estos cambios, se mantienen las medidas anteriores que establecen que, en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, la permanencia de grupos de personas queda condicionada a que no se supere el número máximo de dos personas, salvo que se trate de personas convivientes y sin perjuicio de las excepciones previstas.
  • En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como el exterior, se mantiene que sólo se permiten las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia, con las mismas excepciones que en el caso anterior.
    • Las excepciones a estas dos limitaciones son las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados, como la atención y acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores, en situación de dependencia, con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad, la convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores o progenitoras no convivientes entre ellos y la acogida familiar de personas menores de edad en cualquier de sus tipologías.
    • También se exceptúan las reuniones de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes, o de las personas que viven solas, que podrán formar parte de otra única unidad de convivencia formando una unidad de convivencia ampliada. No obstante, cada unidad de convivencia ampliada solo podrá integrar a una única persona que viva sola, y la persona que viva sola podrá formar parte exclusivamente de una unidad de convivencia ampliada durante todo el periodo de vigencia de la medida.
    • Continúan sin estar incluidas en las limitaciones previstas a las reuniones: las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes.
  • Por otro lado, se mantienen las limitaciones a la entrada y la salida de la Comunitat Valenciana, que continúan restringidas salvo desplazamientos adecuadamente justificados.
  • También sigue vigente desde las 15.00 horas del viernes hasta las 06.00 horas del lunes, y desde las 15.00 horas de la víspera de los días festivos hasta las 6.00 del día siguiente al festivo, la entrada y salida de personas de los municipios y grupos de municipios con población superior a 50.000 habitantes (València, Alacant, Elche, Castelló de la Plana, Torrevieja, Torrent, Orihuela, Gandia, Paterna, Benidorm, Sagunto, Alcoy, Sant Vicent del Raspeig, Elda-Petrer, y Vila-real).
  • Se prorroga la limitación a la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

Todas estas limitaciones se justifican por existir en la Comunitat Valenciana una transmisión comunitaria, no controlada, sostenida y con presión hospitalaria creciente con una ocupación, a 27 de enero, del 42,16% de las camas de agudos y del 62,97% de camas UCI.

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