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La Conselleria de Bienestar Social reconoce como dependientes a 334 menores de 3 años

  • A 238 menores de tres años se les ha reconocido el grado de grandes dependientes

  • El 40% tienen concedida la prestación económica para cuidador no profesional

  • Todos ellos son tratados y atendidos por los servicios socio-sanitarios de la Comunitat

La Consellera de Bienestar Social, Angélica Such, ha anunciado que “tras las valoraciones realizadas por los profesionales de la Conselleria, un total de 334 menores de 3 años han sido reconocidos como dependientes y, por lo tanto, con derecho a recibir un servicio o prestación. En estos momentos, todos ellos son tratados y atendidos en los servicios socio-sanitarios de la Comunitat”.

Such ha explicado que cuando se trata de menores de tres años las solicitudes para el reconocimiento de la situación de dependencia se tramitan por procedimiento de urgencia, por lo que actualmente “todas las solicitudes han sido ya valoradas. De los 334 menores de tres años, 238 han sido reconocidos como grandes dependientes, 80 como dependientes severos y 16 han sido valorados con dependencia moderada, todos ellos con nivel dos ya que para los dependientes de entre 0 y 3 años se establece un único nivel” ha explicado la consellera.

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Dependencia establece una serie de modalidades de intervención para los menores de tres años: el servicio de ayuda a domicilio, la prestación económica vinculada al servicio, y la prestación económica para cuidados en el medio familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

La Consellera de Bienestar Social ha explicado que para estos menores de 3 años, “se elabora un plan integral de atención que facilita la atención temprana y la rehabilitación de sus capacidades físicas, mentales e intelectuales”.

El 40% de los menores de tres años reconocidos como dependientes por la Conselleria, tienen concedida la prestación económica para cuidadores no profesionales.

Escala de Valoración Específica

Para la valoración de los menores de tres años que soliciten el reconocimiento de la situación de dependencia se aplica la Escala de Valoración Específica (EVE). Esta escala permite establecer los tres grados de dependencia: moderada, severa y gran dependencia, según cual sea la gravedad de la situación.

La EVE establece normas para la valoración de la situación de dependencia y la determinación de su severidad, teniendo como referente la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF) adoptada por la Organización Mundial de la Salud.

La aplicación de esta escala se basa en la observación del niño o niña, por lo que es necesario emplear materiales específicos. Se realiza en presencia de los familiares o de las personas que de manera habitual se encargan de su cuidado, y se lleva a cabo en su domicilio o en su entorno más familiar (Escuela Infantil, Centro de Atención Temprana....)

Se valora a cada niño o niña en comparación con el funcionamiento esperado en otros menores de las mismas edades, considerando las situaciones originadas por enfermedades, trastornos, traumatismos o lesiones de carácter crónico, prolongado o de larga duración.

Angélica Such ha explicado que la escala de valoración “determina la severidad de la dependencia por el retraso en la adquisición de determinadas variables de desarrollo y por la existencia de necesidades de apoyo en la salud”.

Se realizan revisiones a los 6, 12, 18, 24 y 30 meses de edad. Cuando cumplen 36 meses todos los niños y niñas deben ser de nuevo evaluados con el baremo para personas mayores de 3 años.

Procedimiento de urgencia

La Conselleria de Bienestar Social reguló en un texto normativo el trámite de urgencia de la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.

Además de los menores de tres años, se puede solicitar el procedimiento de urgencia para los enfermos mentales y discapacitados psíquicos con problemática sociosanitaria asociada, en los casos de evidencia de maltrato u omisión de cuidados mínimos al dependiente dentro de la unidad familiar, con justificación documental (denuncias, informes del 112....); asimismo en aquellos casos que se requiera una agilización por patología clínica en fase terminal. También para los grandes dependientes en situación de desamparo que precisen de recurso residencial, y en las ocasiones en que convivan dos o más grandes dependientes en el mismo domicilio.

“En estos casos de situación extraordinaria dentro del contexto sociosanitario de la dependencia, la urgencia estimada acelerará la tramitación completa del expediente, pudiendo resolverlo con la mayor brevedad” ha explicado la Consellera de Bienestar Social.

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