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El Consell presenta el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat para 2015

  • El Consell ha decidido otorgar la Alta Distinción de la Generalitat a S.M. el Rey Felipe VI

El Consell ha tomado hoy en consideración el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat para 2015 - Ley de Acompañamiento-, y ha ordenado los trámites posteriores, es decir, su remisión al Comité Económico y Social (CES) y al Consell Jurídic Consultiu para que ambas instituciones emitan el dictamen preceptivo.

El articulado de la Ley de Acompañamiento 2015 modifica 2 leyes de carácter tributario y otras 20 leyes de carácter no tributario, de las que 7 son modificadas para ser adaptadas a la normativa estatal y las 13 restantes por motivos organizativos o técnicos.

En el ámbito fiscal del Anteproyecto de Ley tiene especial relevancia el establecimiento de una nueva tarifa autonómica del IRPF que implica nuevos beneficios fiscales de carácter global. Por un lado, beneficia a las familias y a las rentas bajas y medias y además, busca dotar de mayo capacidad económica a los ciudadanos, para incentivar así el consumo y la inversión.

En la escala autonómica del IRPF se reducen los tipos en todos los tramos de forma progresiva, beneficiando esta medida a 1,87 millones de contribuyentes valencianos.

Se ha estimado que el impacto total de las medidas fiscales para 2015 ascenderá a 347 millones más que en 2014, y que los valencianos podrán ahorrarse el próximo año entre 280 y 450 euros. Además, si tenemos en cuenta las reformas y deducciones estatales y las autonómicas, el conjunto de medidas adoptadas representa un ahorro de 830,58 millones de euros.

Cabe destacar que el impacto en el tramo autonómico será de 271,46 millones, beneficiará principalmente a las rentas de hasta 21.000 euros, o lo que es lo mismo, al 64,4% de los contribuyentes valencianos.

Por poner algunos ejemplos, se puede señalar que un contribuyente casa y con dos hijos, con 16.890 euros de renta, tendrá un ahorro estimado de 318 euros, y un contribuyente, igualmente casado y con dos hijos, cuya renta sea de 31.500 euros, tendrá un ahorro de 328 euros.

Impulso a las actividades económicas

El Proyecto de Ley de Acompañamiento 2015 incluye también nuevos beneficios fiscales de alcance selectivo destinadas al impulso de las actividades económicas, en especial las vinculadas a las familias, autónomos y pequeñas y medianas empresas. Estos beneficios fiscales van a centrarse en los sectores de la construcción, el transporte y el juego.

Así, destaca el incremento del porcentaje de la deducción autonómica en el IRPF del 10% al 25% de las cantidades pagadas para las obras de mejora, conservación, sostenibilidad y accesibilidad de la vivienda habitual. Esta medida podrá aplicarse en rentas de hasta 25.000 euros en tributación individual y de hasta 40.000 euros en tributación conjunta, estableciéndose una base máxima de deducción de 4.500 euros.

Se ha estimado que el impacto económico de esta medida será de dos millones de euros anuales.

En la misma línea de fomento sectorial de la actividad económica en la Comunitat, se incluyen una serie de medidas fiscales para incentivar la actividad del sector económico del juego.

Así, se establece la bajada media de tipos de gravamen a los bingos, que pasa del 47,9% al 42,9%. Esta medida afectará a 57 salas de bingo de la Comunitat Valenciana con una plantilla conjunta de 1.500 puestos de trabajo.

A su vez, en este conjunto de medidas se incluye la ampliación hasta el 31 de diciembre de 2015 de la vigencia del tipo de devolución del gasóleo profesional para los transportistas (48 euros por 1.000 litros), aplicable en relación con el tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos establecido para el gasóleo de uso general como carburante.

Se podrán beneficiar los titulares de vehículos, con determinados requisitos, destinados al transporte de mercancías y viajeros por carretera y de taxis. La medida implica un impacto económico anual de 20 millones de euros.

Deducciones para favorecer el acogimiento familiar

El Gobierno valenciano, consciente de la labor social que realizan muchas familias en la Comunitat a través del acogimiento de niños, ha incluido en el Proyecto de Ley de Acompañamiento 2015 la posibilidad de que estas familias educadoras puedan aplicarse determinadas deducciones de carácter familiar en el tramo autonómico del IRPF.

En este sentido, se extiende a los acogimientos en familia educadora la aplicación de las actuales deducciones en la cuota autonómica del IRPF por hijos nacidos o adoptados. El importe máximo de la deducción por menor será de 270 euros. También se extenderá a los acogimientos permanentes de las deducciones por gastos de guardería y centros de primer ciclo de educación infantil, de conciliación del trabajo con la vida familiar de las madres trabajadores con hijos pequeños y por cantidades destinadas a la adquisición de material escola.

El impacto anual estimado de esta medida oscila entre los 151.000 y los 215.000 euros.

Otra novedad es que se suprime el requisito de ser residente habitual en la Comunitat Valenciana a la fecha del devengo para la aplicación de beneficios fiscales por parentesco sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Así, se dará igual tratamiento a todos los adquirientes por herencia o donación de un inmueble sito en la Comunitat con independencia de que su residencia habitual esté en la Comunitat u o en otra parte de España.

En el caso de las donaciones, la reducción de 100.000 euros (o de hasta 156.000 euros, para los menores de 21 años) y la bonificación del 75% en la cuota en las donaciones de bienes inmuebles radicados en la Comunitat Valenciana. En cuanto al ámbito de las sucesiones, la bonificación del 75% en la cuota.

El impacto económico de la medida por la eliminación del citado requisito de residencia supondrá un ahorro de 8 millones de euros anuales.

Altas distinciones, distinciones y medallas de la Generalitat

El Consell ha decidido otorgar la alta distinción, las distinciones y las medallas, que serán entregadas el próximo 9 d'octubre, a los siguientes galardonados:

Alta distinción

- S.M. El Rey Felipe VI.

- Adolfo Suárez González (a título postumo).

- Manuel Peláez Castillo (A título póstumo)

- Avelino Corma

Distinciones

- Casal de la Pau

- Casino antiguo de Castellón

- Aspanion

- Asociaciones agrarias: ASAJA (Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores de Alicante), AVA (Asociación Valenciana de Agricultores), FEPAC (Federación Provincial de Agricultores y ganaderos de Castellón) y LA UNIÓ (La Unió de Llauradors i Ramaders)

Medallas al mérito deportivo

- Ana Carrascosa Zaragoza

- Alejandra Quereda y Elena López

- Antonio Miguel Mateu Lahoz

- Ruth Aguilar Fulgencio

Premios de las letras

- Laura Gallego García

- Manuel Vicent

Distinciones al mérito cultural

- Pequeños Cantores de Valencia

- Real Academia de la Cultura Valenciana

- Real Academia de Medicina de Valencia

El Consell autoriza el decreto que actualiza procedimientos y registros sanitarios

El Consell ha aprobado, a propuesta de la conselleria de Sanitat, el decreto por el que se establece las autorizaciones sanitarias y se actualizan, crean y organizan los registros de ordenación sanitaria. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.

El objetivo de este decreto es dar respuesta a los nuevos requerimientos normativos en materia de simplificación, actualización, modernización y adecuación normativa de la Generalitat Valenciana. Así, mediante una única norma, un decreto, se unifica, simplifica, moderniza y actualiza las normas actualmente existentes (8 decretos) y se consigue avanzar hacía una administración cercana y accesible.

El ámbito de aplicación de esta norma serán los centros, servicios y establecimientos sanitarios, tanto de titularidad pública como privada, ubicados en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana; los biobancos con fines de investigación biomédica y las colecciones de muestras biológicas de origen humano de la Comunitat Valenciana; los vehículos de transporte sanitario cuya autorización de transporte sanitario esté domiciliada en la Comunitat Valenciana y los desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario, que se instalen y utilicen en la Comunitat Valenciana.

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