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El Consell explica a alcaldes y concejales cómo publicar sus bienes

  • Los miembros de las corporaciones municipales tienen hasta el 24 de enero para publicar sus bienes, en cumplimiento de la nueva Ley de Régimen Local

La Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía ha publicado en su página web una circular con las instrucciones para que los 5.602 miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana publiquen su relación de bienes y actividades en los respectivos Boletines Oficiales de la Provincia (BOP). En http://www.dgct.csc.gva.es también puede encontrarse un modelo de declaración.

Blasco ha explicado que la obligación de alcaldes y concejales de publicar sus bienes “es un paso más en la apuesta de la Generalitat por la transparencia de las administraciones públicas valencianas, ya que el propio President, los miembros del Consell y los diputados autonómicos también declaramos nuestros bienes”.

“La Comunitat es pionera, una vez más, llevando la transparencia a la política municipal, gracias a la nueva Ley de Valenciana de Régimen Local, entró en vigor el pasado mes de julio”, ha continuado Blasco. El conseller de Solidaridad y Ciudadanía es el promotor de esta ley que permite rediseñar la arquitectura municipal de la Comunitat Valenciana y adaptarla a las actuales exigencias.

Según Rafael Blasco, “el nivel de transparencia de la política valenciana no tiene parangón en toda España, puesto que los ciudadanos de esta Comunitat pueden conocer el patrimonio de sus responsables públicos, desde el alcalde y concejales de su ayuntamiento hasta el President de la Generalitat”.

La publicación en el BOP reflejará los datos globales del activo, el pasivo y las actividades, mientras que la información pormenorizada quedará bajo custodia del secretario del ayuntamiento. Se trata exactamente de la misma fórmula que utiliza el Gobierno de España para publicar las declaraciones del presidente y los ministros y la Generalitat para publicar las declaraciones de Camps y los consellers.

Tres circunstancias
La toma de posesión, el cese o el fin del mandato, son las tres circunstancias en las que alcaldes y concejales electos deberán dar a conocer su patrimonio. Entre las exigencias mínimas que establece el decreto se encuentran los ingresos netos percibidos en el ejercicio anterior a la declaración, el patrimonio inmobiliario así como vehículos, joyas y obras de arte, además de una relación del pasivo.

Los 5.602 concejales y alcaldes actuales también deberán hacer pública su situación patrimonial antes de que acabe la legislatura, con ocasión del fin del mandato, durante los 30 días siguientes naturales.

 

 

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