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El Consell autoriza a la Vicepresidencia Segunda un segundo puesto directivo para la gestión de los fondos europeos destinados a vivienda y rehabilitación

  • La Vicepresidencia Segunda considera que este puesto mejorará la agilidad, eficacia y eficiencia de la gestión de los fondos

  • Los programas se centran en la rehabilitación y la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

 

El Consell ha autorizado la creación de un segundo puesto de trabajo de director o directora de Programa en la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática para la Gestión de los Fondos Europeos del programa 431.99 'MRR Vivienda y Rehabilitación para la Recuperación Económica y Social'.

El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se centra en dos líneas de actuación: 'Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales' y 'Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes'.

Estas líneas, que gestionará la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, incluyen programas de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, apoyo a las oficinas de rehabilitación, rehabilitación a nivel de edificio, mejora de la eficiencia energética en viviendas, y de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.

Además, también incluye ayudas a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

Este Plan de Recuperación establece un conjunto de reformas e inversiones que permitirán avanzar específicamente en materia de rehabilitación edificatoria residencial, impulsando esta actividad a través de medidas en el ámbito regulador y la financiación para la creación de un entorno favorable, y de impulso de la vivienda en alquiler social como instrumento efectivo al servicio del ejercicio del derecho constitucional.

Dada la envergadura de los programas a desarrollar por la Vicepresidencia Segunda y para mejorar la capacidad organizativa, se considera necesaria la autorización para la futura creación de un director o directora de programa adicional a fin de mejorar la agilidad, eficacia y eficiencia requeridas en la gestión de los fondos europeos.

La contratación de la persona seleccionada se vinculará a la gestión de fondos europeos donde se fijará expresamente su duración, que será de un máximo de cuatro años.

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