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El Consell aprueba el proyecto de Ley del Estatuto de Radiotelevisió Valenciana

El Consell aprueba el proyecto de Ley del Estatuto de Radiotelevisió Valenciana
  • El nuevo marco legal prevé la suscripción, cada tres años, de contratos-programa entre el Consell y RTVV

  • El director o directora general de Radiotelevisió Valenciana será elegido por Les Corts

El pleno del Consell ha aprobado hoy el proyecto de Ley del Estatuto de Radiotelevisió Valenciana (RTVV), que será remitido a Les Corts por vía de urgencia la próxima semana para su debate parlamentario, con lo que se prevé que la ley pueda estar aprobada y en vigor antes de que finalice el mes de julio.

Esta nueva norma, que sustituye a la Ley 7/1984, de 4 de julio, de creación de la entidad pública Radiotelevisió Valenciana, tiene por objeto regular la prestación, por parte de la Generalitat, del servicio público de radio y televisión, así como establecer el régimen jurídico de Radiotelevisió Valenciana, S.A., a la que se encomienda la prestación del servicio público de radio y televisión de ámbito autonómico.

De este modo, Radiotelevisió Valenciana, S.A. sucederá a las sociedades Televisió Autonòmica Valenciana, S.A. y Ràdio Autonomia Valenciana, S.A., como consecuencia de la fusión, y se convierte en una sociedad mercantil de titularidad pública con especial autonomía.

El texto establece los objetivos generales de la función de servicio público y las líneas generales estratégicas de contenidos, emisión y producción que ha de cumplir Radiotelevisión Valenciana S.A. También define las funciones de servicio público y sus fuentes de financiación.

Mandato-marco de RTVV
Uno de los puntos básicos sobre los que se asienta la futura legislación es el Mandato-marco, que deberá revisarse por Les Corts cada nueve años. Este mandato fija los objetivos y obligaciones que deben cumplir la programación de los diferentes canales de radio y de televisión.

Estos objetivos generales y de programación se desarrollan de manera precisa a través del denominado contrato-programa, que tendrá una duración de tres años y que deberán suscribir el Consell y Radiotelevisió Valenciana S.A.

Mediante el contrato-programa, se concretarán, por periodos de tres años, los contenidos de servicio público y objetivos que deban desarrollarse, los porcentajes de géneros de programación, las aportaciones con cargo a los presupuestos destinadas a las prestaciones de servicio público de radio y televisión y el control de su ejecución mediante indicadores que permitan evaluar el grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos.

El primer contrato-programa deberá suscribirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la entrada en vigor de la Ley.

Asimismo, el nuevo marco legal regula una financiación mixta del servicio público que se materializa en, por un lado, una compensación por la prestación de servicio público, y, por otro lado, en los ingresos derivados de la actividad comercial sujetos a los principios de mercado.

Se consolida la separación de las actividades audiovisuales de servicio público de las que no lo son, con sus correspondientes sistemas de financiación y de separación de cuentas, a fin de que la financiación pública no sostenga contenido ni actividades ajenas al cumplimiento de la función esencial de servicio público.

Elección por Les Corts del director general de RTVV
Otra de las principales novedades de este proyecto de ley es la designación parlamentaria del director o directora de RTVV, ya que se establece que este cargo será propuesto por los grupos y elegido por Les Corts.

Por otro lado, se reduce el número de miembros del consejo de administración de RTVV de 12 a 9 personas, incluido el director o directora general, que tendrán que acreditar su competencia profesional o empresarial mediante el desempeño, durante un plazo no inferior a cinco años, de funciones en órganos de administración, alta dirección, control o asesoramiento en entidades públicas o privadas o contar con méritos relevantes en el ámbito de la comunicación, cultura, función docente o investigadora.

Los miembros del consejo de administración y la persona que ocupe la Dirección General podrán ser destituidos mediante acuerdo del Consell cuando la liquidación del presupuesto anual del Grupo RTVV determine la existencia de un déficit del resultado presupuestado con una desviación igual o superior al 7% de la compensación otorgada para la prestación del servicio público.

También podrán ser destituidos cuando se constate la existencia de una desviación presupuestaria por exceso igual o superior al 10% de las cifras aprobadas para el total de las dotaciones tanto del presupuesto de explotación como del presupuesto de capital.

El proyecto de ley establece expresamente que Radiotelevisió Valenciana utilizará preferentemente el valenciano en la prestación del servicio de comunicación audiovisual. Asimismo, también queda recogido, entre los objetivos del nuevo marco normativo, que deberá promoverse la difusión y conocimiento de las producciones valencianas, la protección de la lengua propia y el impulso de la cultura y deporte de la Comunitat.

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