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El Consell aprueba los Estatutos de la nueva RTVV e inicia el proceso de fusión de las dos sociedades actuales

El Consell aprueba los Estatutos de la nueva RTVV e inicia el proceso de fusión de las dos sociedades actuales
  • RTVV actuará con autonomía en su gestión y aplicará criterios de profesionalidad y viabilidad económica en su funcionamiento

  • La nueva sociedad surge de la unión de Televisió Autonòmica Valenciana y Ràdio Autonomia Valenciana

El Consell ha aprobado los Estatutos de Radiotelevisió Valenciana como sociedad mercantil de titularidad de la Generalitat, acuerdo que supone el comienzo del proceso de fusión de Televisió Autonòmica Valenciana y Ràdio Autonomia Valenciana.

Estos estatutos establecen que Radiotelevisió Valenciana, S.A., actuará con autonomía en su gestión y con independencia respecto del Consell y de la Generalitat y aplicará criterios de profesionalidad y viabilidad económica en su funcionamiento.

El principal objetivo de la Ley 3/2012, de creación de la nueva RTVV, es precisamente hacer compatible la rentabilidad social y la viabilidad económica en la prestación del servicio público de radiotelevisión. Esta ley incorpora además un mandato marco de Les Corts a Radiotelevisió Valenciana, S.A., en el que se concretan las líneas generales de la programación y de la gestión.

La nueva sociedad mercantil se subrogará en la posición jurídica de las sociedades que han venido prestando el servicio público de radiotelevisión, es decir, Televisió Autonòmica Valenciana, S.A., y Ràdio Autonomia Valenciana, S.A, con lo que nace, por tanto, de la fusión de las dos sociedades actuales.

En consecuencia, con este acuerdo de aprobación de los estatutos de la nueva sociedad mercantil se inicia también el proceso de fusión de las dos sociedades actuales.

Estructura de los Estatutos
Los Estatutos aprobados se dividen en ocho títulos, que comprenden 30 artículos y contemplan, como cuestiones más importantes, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2012, las siguientes:

-La denominación de la sociedad -que será RADIOTELEVISIÓ VALENCIANA, S.A.- objeto, domicilio y duración, que será indefinida. Se prevé en este sentido que la sociedad dé comienzo a sus operaciones el día del otorgamiento de la correspondiente escritura fundacional.

-La regulación del capital social de la sociedad, que se determinará con el proceso de fusión de las actuales sociedades.

-El régimen de gobierno y administración de la sociedad. El mandato del Consejo de Administración será de seis años y su remuneración, en régimen de dietas, cuya cuantía determinará el Consell para cada ejercicio social.

-El régimen económico, la formulación de cuentas anuales y la aplicación del resultado.

-Y, finalmente, el régimen de extinción y liquidación.

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