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El Consell aprueba los currículos de cinco ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional

  • En la definición de este currículo se han tenido en cuenta las características educativas, socio-productivas y laborales valencianas

 

El Pleno del Consell ha aprobado los decretos por los que se establecen los currículos de los ciclos formativos de cinco enseñanzas profesionales de grado superior.

En concreto, se trata de los currículos de los ciclos formativos de los grados superiores de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico, Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines, Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal, Documentación y Administración Sanitarias e Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear.

En la definición de estos currículos se han tenido en cuenta las características educativas, socio-productivas y laborales valencianas, con el fin de dar respuesta a las necesidades generales de calificación de los recursos humanos para su incorporación a la estructura productiva.

El currículo de estos ciclos formativos, de un total de 2.000 horas de duración, se organiza en dos cursos académicos. El decreto aprobado establece los contenidos y la carga lectiva completa de los módulos profesionales, incluyendo el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, que se realizará, generalmente, en el tercer trimestre del segundo curso del ciclo formativo.

En el currículo de estos ciclos formativos de grado superior se establece, además, un módulo profesional de proyecto que consiste en la elaboración individual de un proyecto de carácter integrador y complementario del resto de módulos, que se desarrollará, con carácter general, durante el último trimestre del segundo curso.

Asimismo, la nueva normativa regula aspectos como la carga lectiva y la distribución horaria de los cursos, los espacios mínimos y otros requisitos de los centros formativos, la titulación del profesorado y la integración de la lengua inglesa, mediante su incorporación a dos módulos de los que componen la totalidad de los ciclos.

Igualmente, se incluye una disposición para la transición del alumnado que cursa estudios amparados por la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) al nuevo currículo, con la habilitación de convocatorias específicas para superar los módulos o, si es el caso, la aplicación de las convalidaciones establecidas en la norma.

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