elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Consell aprueba la adaptación a la normativa autonómica de las medidas del Real Decreto Ley 20/2012 de 13 julio

El Consell aprueba la adaptación a la normativa autonómica de las medidas del Real Decreto Ley 20/2012 de 13 julio

    El Consell ha aprobado hoy el Decreto Ley que adapta a la normativa autonómica las medidas contenidas en el Real Decreto Ley estatal 20/2012 de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

    Entre las medidas de la normativa estatal que se adaptan a la autonómica a través del Decreto Ley figura la supresión de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre de 2012, medida que resulta obligatoria adoptar al estar recogida con carácter básico en el Real Decreto Ley estatal.

    Esta medida se hace extensiva, con los ajustes necesarios, a las personas que ocupen puestos de alto cargo o asimilados.

    Prestación económica en situación de incapacidad temporal
    Respecto a la prestación económica de los empleados públicos en situación de incapacidad temporal, el Real Decreto Ley estatal establece que será la prevista en la normativa de Seguridad Social y permite que las Administraciones Públicas puedan decidir complementar estas prestaciones hasta unos determinados topes.

    Desde el Consell se opta por regular este tema de igual forma que la Administración General del Estado ha previsto para su personal, es decir, complementando hasta el tope permitido por la norma básica.

    De esta forma, se garantiza que el personal de la Generalitat tenga el máximo de los derechos permitidos por el Real Decreto Ley y se contribuye a que el sistema sea lo más homogéneo posible.

    El Consell también ha establecido los supuestos de excepcional gravedad en los que se podrá complementar hasta el 100% desde el primer día de la incapacidad.

    Racionalización de la estructura y organización Administrativa
    El Decreto Ley que ha aprobado hoy el Consell también incorpora la posibilidad de que la Administración de la Generalitat, en el marco de las previsiones del artículo 45 de la Ley de Función Pública, pueda adoptar medidas para disponer de sus efectivos de forma eficiente y racional, de modo que las cargas de trabajo queden adecuadamente distribuidas, en función de las necesidades y estructura de la Administración para redundar en una mejora de la prestación del servicio a los ciudadanos.

    Disposiciones adicionales y finales

    Asimismo, el texto aprobado hoy contiene una serie de mandatos para que las medidas contenidas en el texto resulten de aplicación a las universidades públicas valencianas, al sector público, al personal de justicia o a las instituciones de la Generalitat.

    Además, se modifican aquellos preceptos de la Ley de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, afectados con carácter básico por el Real Decreto Ley estatal.

    En concreto, los referidos a días de vacaciones que quedan fijados en 22 días hábiles; mientras que los días de libre disposición serán tres, a partir de 2013. A su vez, se elimina la posibilidad de jubilación parcial del personal funcionario.

    Acuerdo sobre derechos sindicales
    Asimismo, el pleno del Consell ha ratificado el acuerdo alcanzado ayer entre la Generalitat y los representantes sindicales (excepto una central sindical) en el seno de la Mesa General de Negociación.

    El acuerdo suscrito ayer y aprobado hoy en el Consell supone adecuar la aplicación del artículo 10 del Real Decreto Ley 20/2012 a la Comunitat valenciana, estableciendo los criterios generales para la utilización de los créditos horarios legalmente establecidos.

    En este sentido, el citado artículo del Real Decreto Ley deja sin efecto todos los pactos, acuerdos y convenios colectivos en materias relativas al tiempo retribuido para realizar funciones sindicales y otros derechos sindicales, si exceden de lo previsto en el artículo 10.

    De esta forma, las horas de representación sindical se ajustarán a lo establecido en la normativa básica del Estatuto de los Trabajadores, a la Ley Orgánica de Libertad Sindical y al Estatuto Básico del Empleado Público.

    El citado acuerdo en materia de representatividad y acción sindical ha sido aprobado para un periodo de dos años prorrogables y será desarrollado durante los próximos tres meses.

    Subir