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El Consell amplía el servicio de justicia gratuita a los inmigrantes, discapacitados y al ámbito penitenciario

El Consell amplía el servicio de justicia gratuita a los inmigrantes, discapacitados y al ámbito penitenciario
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    La consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, Gabriela Bravo, ha presentado este miércoles el proyecto de decreto por el cual se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Generalitat, que será aprobado este viernes por el pleno del Consell.

    El reglamento extiende el servicio de Justicia Gratuita a un mayor número de colectivos y mejora la asistencia para mantener el compromiso del Consell con los más desfavorecidos. En este sentido, el reglamento mejora su cobertura y extiende la atención de manera especializada. Según ha explicado la consellera Bravo, "la implantación de este nuevo modelo de Justicia Gratuita mejora y extiende la atención especializada de aquellos grupos sociales más necesitados de apoyo público cuando se ven obligados a defender sus derechos y sus intereses ante las administraciones públicas".

    Entre las novedades, destaca el refuerzo de los servicios de orientación y acceso a la Justicia de las personas con diversidad funcional, a las que tengan la capacidad modificada judicialmente o sean presuntos incapaces, y a las personas dependientes cuando en todos estos casos precisen de la ayuda de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria.

    Además, el nuevo reglamento pone en funcionamiento nuevos servicios de orientación jurídica especializados en el ámbito de la extranjería e inmigración, donde las personas que acudan recibirán información y asesoramiento sobre su situación legal de residencia o solicitudes de asilo o refugio. Si fuera necesario, esta asistencia será en su propio idioma por medio de un traductor proporcionado por la propia Conselleria de Justicia.

    Por otra parte, el Consell extenderá esta asistencia al ámbito penitenciario, de forma que la población reclusa pueda ser atendida en los mismos términos que el resto de usuarios en el caso de que precisaran este servicio, dentro de los supuestos que regulan la prestación pública.

    La Asistencia Jurídica Gratuita es canalizada a través de los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) de los diferentes colegios de Abogados de las tres provincias de la Comunitat Valenciana. Entre las funciones de los SOJ que establece el reglamento destacan:

    - 1. El asesoramiento previo a las personas que soliciten Asistencia Jurídica Gratuita con la finalidad de orientar y encauzar sus pretensiones.

    - 2. Informar sobre el contenido material del derecho a asistencia jurídica gratuita, los requisitos para su reconocimiento y su extensión temporal.

    - 3. Informar a la persona solicitante sobre sus derechos y obligaciones, tanto si se le concede como si se le deniega la asistencia, incluido su derecho a designar profesionales de su libre elección.

    - 4. Suministrar a los interesados los impresos necesarios para la solicitud del derecho y prestar auxilio técnico y material, en su caso, en la cumplimentación de la documentación.

    - 5. Requerir a los interesados la documentación preceptiva que ha de acompañar a la solicitud y la subsanación de deficiencias de la misma.

    - 6. Informar sobre la posibilidad de acceso a medios extrajudiciales alternativos de solución de conflictos.

    Cada colegio de Abogados creará un servicio de orientación jurídica específico que, además de la orientación previa al proceso, asistirá profesionalmente a estas personas en todos los procedimientos judiciales. La legislación estatal permite la concesión del beneficio de justicia gratuita a estas personas cuando superen el límite de ingresos, pero solo para los procedimientos vinculados a su situación de discapacidad, incapacidad o dependencia y hasta un límite de 31.950,65 euros al año (el quíntuplo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el año 2017) y carecer de patrimonio suficiente.

    El reglamento respeta el límite económico, pero amplía la cobertura de la asistencia jurídica gratuita a cualquier proceso judicial en el que estas personas puedan verse inmersos. Para el resto de usuarios que no estén en esta situación, el límite de renta anual se fija en el doble del IPREM, es decir, 12.780 euros.

    Mejora en la gestión

    El reglamento establece que, junto a los turnos de oficio que ya existen y que vienen prestando servicio a los ciudadanos que lo requieren, los colegios de abogados crearán, donde el número de profesionales lo permita, nuevos turnos en materias de violencia de género, extranjería y para las personas con algún tipo de discapacidad.

    Esta atención especializada, según la consellera Gabriela Bravo "redundará en una mayor calidad del servicio que se presta al ciudadano" y, para ello, el reglamento apuesta por la adecuada formación de los profesionales estableciendo que los colegios de abogados exigirán a sus miembros la acreditación de experiencia suficiente o la superación de los cursos formativos específicos que se establezcan para poder prestar su actuación profesional en los diferentes turnos especializados.

    El decreto también incluye modificaciones en la gestión y tramitación de los expedientes de asistencia jurídica gratuita a efectos de lograr una mayor eficiencia y agilidad en el reconocimiento del derecho. De esta forma, se simplifica la documentación a presentar por las personas solicitantes y se ofrece la posibilidad para que se permita, mediante autorizaciones expresas, la consulta sobre su patrimonio por parte de los colegios de Abogados. Además, se establece la normalización del uso del expediente electrónico como herramienta alternativa para la presentación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita.

    Junto a estas medidas, el nuevo decreto actualiza y completa el baremo de las compensaciones económicas por las actuaciones profesionales de los abogados y procuradores del turno de oficio. Para ello, introduce nuevos módulos que dan respuesta a las actuaciones profesionales, actualmente no remuneradas.

    Así mismo, con el reglamento la Generalitat adquiere el compromiso de procurar que el pago por los servicios de asistencia jurídica gratuita sea abonado a los profesionales que lo hayan prestado dentro de los plazos establecidos a tal efecto. El presupuesto para el año 2017 para los distintos turnos de oficio y prestaciones de asistencia letrada asciende a 27'5 millones de euros para los abogados y de 4'35 millones para los procuradores. Además, se destinará otro millón de euros para la potenciación de los SOJ, para que incluyan los programas específicos para abogados y procuradores que deban atender a personas con diversidad funcional.

    El nuevo sistema de pagos para aquellos letrados que atiendan a discapacitados -tal y como se recoge en el decreto- empezará a aplicarse en el año 2018 una vez se disponga de los datos de los servicios realizados a este colectivo por parte de los colegios de Abogados y Procuradores.

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