elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

La comparecencia solicitada por CSeM no se ajusta al Reglamento Orgánico del Pleno

La comparecencia solicitada por CSeM no se ajusta al Reglamento Orgánico del Pleno

    La comparecencia de la alcaldesa solicitada por el grupo municipal Castelló en Moviment sobre el cumplimiento de un acuerdo plenario ha sido inadmitida en la Junta de Portavoces y no llegará al pleno, por no ajustarse al Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Castellón. No obstante, en el transcurso de la reunión la alcaldesa ha informado de que el proceso para el cumplimiento de la moción está en marcha y será efectivo en el plazo de seis meses máximo establecido para ello. Unas explicaciones que los ediles de CSeM ya habían recibido tras el pleno.

    El reglamento municipal establece el procedimiento para solicitar comparecencias de los concejales y las concejalas. El artículo 93 determina que los destinatarios de la solicitud serán “los concejales con responsabilidades de gobierno (…) para informar sobre un asunto determinado de su competencia”. En el caso de la petición planteada por CseM, el concejal con responsabilidades de gobierno en materia de Personal es Antonio Lorenzo.

    El artículo 95 indica que la alcaldesa, una vez oída la Junta de Portavoces, podrá inadmitir a trámite las comparecencias en determinados circunstancias, si se considera que suponen “una consulta de índole estrictamente jurídica o técnica” y “cuando el objeto de la comparecencia solicitada no tuviera entidad para ser debatido en sesión plenaria, en cuyo caso lo devolverá a los solicitantes para pueda ser sustanciada ante la comisión correspondiente o convertida en pregunta o ruego”.

    En ese sentido, la alcaldesa ha reiterado el ofrecimiento al grupo solicitante de que formule su propuesta a través de un ruego o pregunta, en el pleno, a lo que el grupo en cuestión se ha negado.

     

    Subir