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Actuaciones realizadas por la Guardia Civil durante la Magdalena 2013

  • Se incautó un total de 49.240 artificios pirotécnicos con un peso total de 222 kilogramos

Componentes del Equipo de inspección de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de Castellón, dentro de los servicios establecidos para el control de productos pirotécnicos en todas sus fases con motivo de las Fiestas “Magdalena 2013”, procedieron a la intervención de 49.240 artificios pirotécnicos catalogados de las clases I, II, III y IV, ascendiendo a un total de 222 kilos.

La Guardia Civil realizó las inspecciones en los diferentes puestos ambulantes ubicados en Castellón ciudad así como en los espectáculos de fuegos artificiales (castillos y mascletás). En dichas inspecciones los guardias civiles comprobaron que se encontraban algunos de los puestos ambulantes ejerciendo el comercio de artificios pirotécnicos sin contar con la preceptiva autorización gubernativa, agravándose dicho comercio por constituir la venta ambulante una modalidad expresamente prohibida, al ser una de las que más riesgos generan para la seguridad ciudadana.

Asimismo, de las actuaciones cabe destacar que, por dicho Equipo, se procedió a la intervención de 35 kilogramos de artificios pirotécnicos de la clase IV (uso exclusivo por expertos), los cuales se habían dispuesto para el disparo en un espectáculo de fuegos artificiales excediéndose de los autorizados por la Subdelegación del Gobierno en Castellón.

Por todo ello los agentes procedieron a la intervención cautelar de los productos pirotécnicos objeto de la infracción siendo trasladados a un depósito comercial de la provincia, tramitándose un total de doce propuestas de sanción ante el Director General de la Guardia Civil por supuesta infracción grave a la Ley Orgánica 1/92, en relación con el vigente Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, pudiendo ser sancionados con multa de hasta 30.000 € e incautación del material aprehendido.

La Guardia Civil recuerda que, según la normativa actual, para la venta y suministro de artificios pirotécnicos catalogados, solo se autoriza a aquellas personas físicas o jurídicas que cuenten con un establecimiento autorizado y aquellas otras personas que, careciendo de los mencionados establecimientos, obtengan una autorización expresa del Delegado del Gobierno correspondiente.

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