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Castelló: “En momentos de crisis debemos incrementar la vigilancia para impedir la adopción de medidas anticompetitivas”

  • “La defensa de la competencia favorece el crecimiento económico y la creación de empleo”

  • “Es necesario que empresas y asociaciones empresariales conozcan, valoren y difundan la cultura de la competencia”

El presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia, Fernando Castelló, ha afirmado que en momentos de crisis como el actual “debemos incrementar la vigilancia para impedir la adopción de medidas anticompetitivas evitables y garantizar que se tomen las medidas estructurales necesarias para que la crisis no retrase la apertura de mercados ni impida mejoras en el nivel de competitividad a largo plazo.”

En este sentido, Fernando Castelló ha destacado que es importante “mantener la vigencia y el valor de las normas de competencia en época de crisis, ya que deben servir de punto de referencia en la lucha contra las tentaciones proteccionistas, y promover las reformas estructurales que impulsen un nuevo modelo de crecimiento.”

Además, el presidente del TDCV ha remarcado que la difusión de la competencia es fundamental para lograr unos mercados competitivos: “es necesario que empresas y asociaciones empresariales conozcan, valoren y difundan la cultura de la competencia.”

“El diálogo y la colaboración con entidades e instituciones permitirá desarrollar una política más eficiente y eficaz en esta materia, garantizando el funcionamiento competitivo de los mercados del territorio valenciano, favoreciendo el crecimiento económico y la creación de empleo,” ha añadido Castelló.

El presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana ha realizado estas declaraciones durante la conferencia “La competencia como factor decisivo para afrontar la crisis económica” que se ha celebrado con motivo de la asamblea anual de la Asociación de Empresas de Distribución a HORECA (Hoteles, Restaurantes y Cafeterías) de la Comunidad Valenciana (ADISLEV).

Durante su discurso, Fernando Castelló ha indicado que los consumidores y usuarios “son los máximos beneficiarios de la labor realizada por los órganos de competencia, ya que la existencia de una competencia efectiva en los mercados amplía la variedad de productos y servicios, fomenta  la innovación, mejora  los precios e incrementa la productividad y la competitividad facilitando la creación de empleo y el crecimiento económico”.

Por otro lado, Castellón también ha apuntado que  tanto las asociaciones comos sus cargos directivos “deben ser concientes que la actividad que lleven a cabo pueden tener consecuencias en el funcionamiento de los mercados, y por tanto ser causa de infracción de la normativa de la competencia.”

En esta línea, el presidente del Tribunal ha subrayado los principales ámbitos en los que las decisiones y las recomendaciones de una asociación puede plantear problemas para la competencia: “decisiones y recomendaciones de precios, de reparto de mercados y de otras condiciones comerciales; boicots; intercambio de información entre empresas asociadas; publicidad; y estandarización.”

Autoridades de la competencia
Durante su intervención, el presidente del Tribunal ha recordado que las autoridades de la competencia son organismos administrativos que se preocupan del funcionamiento competitivo de los mercados a través de dos campos de actuación: la potestad sancionadora y la promoción de la competencia.

Además, Castelló ha recordado que el Tribunal también tiene la competencia para actuar como tribunal de arbitraje o como órgano consultivo de las Cortes, las administraciones, las organizaciones empresariales y las de consumidores y usuarios; ejercer la facultad de impugnar actos y disposiciones reglamentarias de las administraciones ante la jurisdicción contenciosa administrativa; y aplicar el programa de clemencia.

En esta línea, el presidente del TDC ha hecho hincapié en que se puede denunciar ante el Tribunal de Defensa de la Competencia los acuerdos entre empresas que impidan, restrinjan o falseen la competencia, los abusos de operadores económicos con posición de dominio en un mercado, las prácticas de competencia desleal que por su especial relevancia afectan al interés público y no sólo a determinados operadores, y los actos y disposiciones reglamentarias de las administraciones públicas de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva.

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