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La Policía Local intensifica desde hoy los controles de alcoholemia

    El Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Burriana se ha adherido a la Campaña Especial de la Dirección General de Tráfico sobre control de la tasa de alcoholemia entre los conductores que se desarrollará del 3 al 19 de julio (ambos inclusive) en todo el territorio nacional, que en Burriana comienza hoy y se prolongará durante las dos próximas semanas.

    El equipo de Atestados, la Sección Especial de Tráfico y la Patrulla Nocturna de la Policía Local establecerán controles en distintos puntos del término municipal durante los días en los que se ha programado esta campaña, que además de contribuir a la disminución del consumo de alcohol durante la conducción, tiene como objetivo tener una idea más exacta de la incidencia del mismo entre los conductores, sobre todo al llevarse a efecto esta campaña durante las mismas fechas en todo el país.

    En la zona urbana de Burriana los accidentes con implicación alcohólica representan un porcentaje muy importante del total. El casco urbano es, en la mayoría de las ocasiones, el punto de partida del consumo de bebidas alcohólicas, debido al elevado número de lugares de ocio y bares existentes.

    A nivel estatal, durante el pasado año ocurrieron 1.929 accidentes mortales en carretera que produjeron la muerte de 2.181 personas y heridas a otras 1.804. El alcohol interviene como factor desencadenante de los mismos en casi un tercio de los accidentes mortales y está relacionado con una mayor accidentalidad, repercutiendo en un incremento de la mortalidad.

    Máximo 0,25
    El artículo 20 del Reglamento General de Circulación establece que no podrán circular por las vías los conductores con una tasa de alcohol, en aire espirado, superior a 0,25 miligramos por litro. Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, los conductores no podrán hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.

    Además, los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir.

    El Código Penal castiga con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas. En todo caso, será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro.

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