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El ayuntamiento de Burriana sólo tendrá que pagar 146.000 euros por un solar de 8.000 metros cuadrados situado junto a la Papelera

El ayuntamiento de Burriana sólo tendrá que pagar 146.000 euros por un solar de 8.000 metros cuadrados situado junto a la Papelera
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    El ayuntamiento de Burriana sólo tendrá que pagar 146.000 euros por un solar de 8.000 metros cuadrados situado junto a la Papelera - (foto 2)
    El ayuntamiento de Burriana sólo tendrá que pagar 146.000 euros por un solar de 8.000 metros cuadrados situado junto a la Papelera - (foto 3)
    El ayuntamiento de Burriana sólo tendrá que pagar 146.000 euros por un solar de 8.000 metros cuadrados situado junto a la Papelera - (foto 4)
    Aunque todavía no ha sido notificado oficialmente, el Ayuntamiento de Burriana posee información que indica que el Jurado Provincial de Expropiación le da la razón al municipio de Burriana respecto a la valoración de los 8.000 m² situados junto a la Papelera, por lo que sólo deberán pagar alrededor de 146.000 euros (valor de suelo rústico), frente a los más de 3,2 millones de euros que reclamaba la empresa, a razón de como el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana valoró la antigua fábrica.

    Promotora Desarrollos Urbanísticos Ameg, S.L., antigua propietaria de la Papelera, también solicitó que le expropiaran otros 8.000 metros de su propiedad, situados junto a la fábrica, adquiridos después de comprar la Papelera en pública subasta.

    La diferencia de valor entre la Papelera, y los terrenos anejos, pese a que estos tienen la misma calificación urbanística, es un cambio legislativo. Concretamente el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprobó el texto refundido de la ley de suelo que venía a completar la previsión normativa que ya recogía la ley 8/2007, de 28 de mayo. Dicho texto normativo desvincula la clasificación urbanística y la valoración, y establece que debe valorarse lo que hay, no lo que el plan dice que puede llegar a haber en un futuro incierto. En consecuencia, y con independencia de las clases y categorías urbanísticas de suelo, se parte en la ley de dos situaciones básicas: hay un suelo rural, esto es, aquél que no está funcionalmente integrado en la trama urbana, y otro urbanizado, entendiendo por tal el que ha sido efectiva y adecuadamente transformado por la urbanización. Ambos se valoran conforme a su naturaleza, siendo así que sólo en el segundo dicha naturaleza integra su destino urbanístico, porque dicho destino ya se ha hecho realidad. “Se llegaba a la paradoja, motiva la norma, de pretender que el valor real no consistía en tasar la realidad, sino también las meras expectativas generadas por la acción de los poderes públicos; (…) las tasaciones expropiatorias no han de tener en cuenta las plusvalías que sean consecuencia directa del plano o proyecto de obras que dan lugar a la expropiación ni las previsibles para el futuro”.

    En el caso de los 8.000 m² que nos ocupan el Ayuntamiento y el Jurado Provincial coinciden al considerar que es suelo rural por tratarse de una parcela que está muy retirada de la avenida del camí d’Onda que es el vial más próximo realmente urbanizado.

    Como es obvio, AMEG recurrirá esta decisión, y llevará el asunto al TSJCV, donde ya le dieron la razón respecto a un incremento del precio en el caso del solar de la antigua fábrica.

    No obstante, esta no es la última expropiación referida a la Papelera. El pasado mes de marzo llegó una petición al Jurado Provincial de Expropiación de una propietaria particular para que también determinen el justiprecio de dos fincas que suman algo más de 3.000 m² afectadas por este mismo ámbito. En este caso existe la particularidad de que hay una finca de 2.300 metros que está retirada, como la de AMEG, pero hay otra de 700 m² que recae al camí d’Onda, por lo que se desconoce el criterio que se establecerá respecto a su consideración como suelo rural o urbanizado.

    Con esta petición terminarán las expropiaciones en los 40.000 m² afectados por la calificación de la Papelera, pues el jueves, en el pleno, a través de la modificación nº 31 del actual PGOU, todo ese suelo dotacional va a ser transferido al Arenal, por lo que la calificación pasará a ser residencial y terciaria. Es decir, los propietarios podrán hacer uso del aprovechamiento urbanístico, sin poder exigir al Ayuntamiento que se lo expropie al dejar de ser dotacional. Lo que todo el mundo se pregunta ahora es por qué ese cambio de calificación urbanística que beneficiaba al Ayuntamiento - pues se hubiese ahorrado 10,4 millones de euros -, y que también pedía AMEG, no se hizo antes.

    comentarios 12 comentarios
    gandulisme
    gandulisme
    06/05/2010 11:05
    ESMORÇAR....

    això si que ho fan be....i falles, Misecordia, creus, Setmana santa, sant Blai, Nadal i els altres 330 dies de l'any, que???? tocar-se la fava.....al igual que la majoria dels funcionaris municipals....Burriana=Grècia

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