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La Audiencia Provincial obliga al exalcalde Alfonso Ferrada a pagar 44.000 euros a su exabogada

    La Audiencia Provincial de Castellón ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la letrada María Jesús Domingo Archelós contra el exalcalde de Burriana Alfonso Ferrada. La sentencia de la Sección Tercera condena al ahora senador del Partido Popular a pagar los 44.480 euros en concepto de honorarios, más intereses legales y las costas del procedimiento, a la que fuera su abogada durante el proceso por la querella que le interpuso el PSPV.

    Los hechos se remontan a enero de 2007, cuando el grupo socialista en el Ayuntamiento de Burriana se querelló contra el entonces alcalde por los supuestos delitos de prevaricación, tráfico de influencias, violación de secretos, malversación y contra la ordenación del territorio, entre otros. El PSPV presentó la querella en los juzgados de Vila-real aludiendo a irregularidades urbanísticas en la tramitación del PAI Pedrera Port y otros vinculados a supuesto fraude en la contratación de eventos festivos.

    El Ayuntamiento de Burriana se hizo cargo de los costes de representación de la abogada Domingo que, cuya primera minuta facturó por valor de 22.000 euros. Poco tiempo después, el bufete de la letrada reclamó el pago de otros 38.000 euros más IVA en concepto de nuevos servicios prestados. El exalcalde se negó a liquidar esta deuda al considerarla abusiva, por lo que la abogada interpuso una nueva querella para cobrar sus honorarios. Ferrada defendió durante el juicio, celebrado en 2012, que era el consistorio quien debía liquidar los costes de su defensa.

    El juez de primera instancia de Vila-real aceptó la petición del senador popular de que el Ayuntamiento de Burriana se hiciera cargo de los honorarios de la letrada, que consideró correctos. El bufete que representa a la abogada recurrió la sentencia al entender que la demanda era contra el afectado y no contra la institución local. Finalmente, la Audiencia Provincial de Castelló aceptó el martes este recurso.

    “La sentencia estimatoria de nuestro recurso viene a decir que la demanda hubiese tenido que haber sido estimada ya en primera instancia, puesto que se reclamaba la cantidad facturada por la actora y que el demandado había aceptado dada la dificultad, importancia del asunto, y el buen hacer y resultado de los servicios prestado por la abogada”, señaló ayer el abogado de María Jesús Domingo.

    Tal como indicó esta parte, la sentencia no se pronuncia “en ningún momento acerca del derecho que el señor Ferrada pueda ostentar o no para reclamarlos al Ayuntamiento de Burriana, que no fue quien contrató dichos servicios, ni siguió ningún procedimiento ni trámite para ello, tal como declaró la secretaria municipal”.

    comentarios 4 comentarios
    uno que no os voto
    uno que no os voto
    07/11/2013 09:11
    Los hay de peores y están en el sillon

    ¿Y el coste económico de la malaurada gestión urbanística desde que él se fue que es casi peor que la que dejó quien la paga?

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