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Burriana reduce la superficie mínima para la instalación de actividades productivas en suelo no urbanizable

Burriana reduce la superficie mínima para la instalación de actividades productivas en suelo no urbanizable
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    Burriana reduce la superficie mínima para la instalación de actividades productivas en suelo no urbanizable - (foto 2)

    La Corporación Municipal del Ayuntamiento de Burriana someterá a votación esta tarde en sesión plenaria ordinaria la modificación puntual número 37 del vigente Plan General de Ordenación Urbana, a instancias de una solicitud particular, y que tiene por objeto rebajar la superficie mínima para realizar actividades terciarias y determinados usos en suelo no urbanizable de régimen común.

    Actualmente, el PGOU de Burriana contempla una superficie mínima de 10.000 metros cuadrados para ello, si bien la Ley10/2004, de 9 de diciembre, de Suelo No Urbanizable (modificada por el artículo 2 de la Ley 2/2010, de 28 de mayo, del Consell) reduce esta cantidad a 5.000 m2.

    Según ha explicado el concejal de Urbanismo, Juan Granell, se trata no sólo de adecuar el PGOU a la legislación actual, “sino también de flexibilizar el planeamiento para facilitar la instalación de actividades productivas que generen recursos y empleo para Burriana”.

    Esta modificación permitirá autorizar en parcelas de suelo no urbanizable de régimen común (RC 1), con un mínimo de 5.000 metros cuadrados de superficie, actividades industriales, productivas, turísticas, deportiva, recreativas, de ocio y esparcimiento; así como usos terciarios de estacionamiento de maquinaria y vehículos pesados, así como el almacenamiento de vehículos en recinto cerrado (excepto aquellos que se encuentren al final de su vida útil).

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