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Bienestar Social abre el plazo para las ayudas a personas con ancianos dependientes a su cargo

Bienestar Social abre el plazo para las ayudas a personas con ancianos dependientes a su cargo
  • Las ayudas para 2009 serán de 185 y 215 euros al mes dependiendo del nivel de renta

  • La Conselleria ha concedido más de 52.000 ayudas de este tipo desde que se puso en marcha el recurso hace doce años

La Conselleria de Bienestar Social ha abierto el plazo para solicitar las ayudas que, anualmente y desde 1996, se convocan para las personas que tienen ancianos dependientes a su cargo, según ha anunciado el Secretario Autonómico de Autonomía Personal y Dependencia, Joaquín Martínez.

Martínez ha explicado que el objetivo de estas ayudas de la Conselleria de Bienestar Social “es otorgar apoyo económico a aquellas personas que asumen el cuidado integral de un anciano o anciana dependiente con el fin de remediar una situación de necesidad que afecte a su autonomía, apoyando su normal desarrollo, gracias a los cuidados diarios por parte del beneficiario de la ayuda, pudiendo evitarse su internamiento residencial”.

Además, estas ayudas pretenden apoyar a aquellas personas que, siendo dependientes, todavía no cumplen los requisitos para recibir las prestaciones establecidas en la Ley de Dependencia.

Desde que en 1996 Bienestar Social puso en marcha este programa, se han concedido ayudas a más de 52.000 personas.  El importe de las mismas oscilarán este año entre los 185 y los 215 euros mensuales, en función de la renta de la unidad familiar de la persona solicitante.

El Secretario Autonómico ha explicado que con la concesión de estas ayudas “se pretende favorecer la integración de la persona mayor en la unidad familiar y la solidaridad con las personas mayores, mediante su cuidado en el seno de un ambiente familiar, evitando con ello los desarraigos de su núcleo de convivencia y paliando las situaciones de soledad y marginación”.

Requisitos para acceder a estas ayudas
Las personas que pueden beneficiarse de estas ayudas deben cumplir ciertos requisitos, como son residir en la Comunitat Valenciana, ser mayor de 45 años, no desempeñar trabajo remunerado alguno, convivir con el anciano o anciana o vivir en domicilio próximo sin que la distancia entre ambos domicilios diste más de 10 kilómetros.  Además, deberá estar dentro de los límites económicos señalados en la Orden de ayudas publicada para este año.

Asimismo, la orden establece que la persona anciana deberá tener nacionalidad española y residir en la Comunitat Valenciana, tener 75 años o más y residir en el domicilio familiar del solicitante o próximo al mismo. Además, el anciano debe ser dependiente, entendiendo como tal que esté en situación de necesidad que afecte a su autonomía y, por lo tanto, justificativa del cuidado por la persona solicitante.

La orden establece también como requisito, haber solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema.

Las solicitudes para este tipo de ayudas deberán presentarse en la Dirección Territorial de Bienestar Social de la provincia donde resida el solicitante, y el plazo para su presentación será de 1 mes a contar desde el día 31 de diciembre de 2008, fecha de la publicación de la orden en el DOCV.

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