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El Ayuntamiento expone a los falleros las posibilidades del ‘porrat’ que recoge la nueva ordenanza de venta no sedentaria

El Ayuntamiento expone a los falleros las posibilidades del ‘porrat’ que recoge la nueva ordenanza de venta no sedentaria
    Los representantes de las Fallas de Benidorm han mantenido esta mañana una reunión en el Consistorio con los concejales de Comercio, Eliseo Yus, y de Fiestas, Cristina Escoda, para conocer de primera mano las posibilidades y limitaciones que impone la nueva Ordenanza reguladora de la modalidad de venta no sedentaria denominada ‘porrat’, aprobada por el Ayuntamiento el pasado año.

    Con motivo de la celebración de las fiestas josefinas, las Fallas de la ciudad montan diversos ‘porrats’ junto a los monumentos falleros, actividad comercial que revierte económicamente en las comisiones. Para no desvirtuar los tradicionales ‘porrats’, el Consistorio aprobó en 2010 una nueva ordenanza municipal que vela por las costumbres autóctonas a la hora de poner productos a la venta pública.

    De este modo, se ha expuesto a los presidentes de Fallas y al representante de la Asociación Independiente de Comerciantes, AICO, qué se considera ‘porrat’, cuándo se puede montar, cuántos puestos de venta están permitidos y qué tipo de producto puede comercializarse sin ejercer competencia directa a las empresas locales.

    La cantidad de puestos que podrán ser autorizados dependerá del tipo de fiesta o evento para el que se solicite el “porrat” y se consentirán los relativos a conservas, encurtidos, dulces, frutos secos, productos típicos y pastelería no perecedera, prohibiéndose la venta no sedentaria de carnes, aves y caza, pescados y mariscos, refrigerados o congelados, así como productos lácteos frescos, pastas alimenticias frescas y rellenas, anchoas, ahumados y otras semiconservas.

    Para el ejercicio de la venta no sedentaria establecida como “porrat”, e instalación de atracciones mecánicas y puestos de feria, la entidad, colectivo o empresa solicitante deberá presentar, en la Concejalía de Comercio, la documentación que se detalla en la ordenanza reguladora de dicha modalidad de venta.

     

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