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Bienestar Social informa de los plazos y condiciones para las bonificaciones del 90% en el recibo de la basura

    El gobierno local, a través de la Concejalía de Bienestar Social, otorgará bonificaciones del 90% en este año 2015 a jubilados, pensionistas y parados de larga duración en el tributo por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos. Así lo ha anunciado esta mañana la edil del área Cristina Escoda, quien ha informado de que los interesados podrán solicitar las bonificaciones en las oficinas de SUMA hasta el próximo 5 de junio. “A través de estas bonificaciones aprobadas en la ordenanza municipal, el Ayuntamiento quiere ayudar a las familias más desfavorecidas a paliar en la medida de lo posible su difícil situación”.

    Los beneficiarios de las bonificaciones serán aquellos sujetos pasivos respecto de su vivienda habitual que ostenten la condición de jubilados o pensionistas de la Seguridad Social u organismos análogos o parados con al menos 12 meses de antigüedad en el SERVEF. El beneficiario deberá además estar empadronado en Benidorm al menos los dos últimos años de forma ininterrumpida. Deberá ser propietario o arrendatario de una vivienda en Benidorm destinada a su vivienda habitual. En el caso de los arrendatarios, no podrán tener parentesco por consanguinidad o afinidad en ningún grado con el propietario de la vivienda. El contrato de arrendamiento deberá tener una duración superior a 12 meses en el momento de solicitar la ayuda. Ser titular de una única vivienda.

    La bonificación será por el plazo de un año, prorrogable mientras se mantenga el cumplimiento de los requisitos. Con carácter general, el efecto de la concesión de la bonificación comenzará a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no tendrá carácter retroactivo.

    Los interesados deberán aportar en SUMA la siguiente documentación para solicitar la ayuda:

    • Solicitud de la bonificación en la tasa por la recogida de Residuos Sólidos Urbanos cumplimentado y firmado por cada uno de los miembros que conviven en el inmueble objeto de la solicitud.
    • Certificado del Padrón Municipal donde conste todas las personas que viven en la vivienda y en observaciones la fecha de alta en el padrón y el número de personas que viven en la vivienda.
    • Fotocopia del documento de identificación fiscal (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia) de cada uno de los miembros que conviven en el inmueble objeto de la solicitud.
    • En el caso de jubilados y pensionistas, certificado expedido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que justifique los ingresos íntegros que percibe cada jubilado o pensionista que convive en el inmueble objeto de la solicitud.
    • En el caso de personas en situación de desempleo, certificado del SERVEF de prestaciones recibidas o de no percibir prestaciones.
    • Copia de la tarjeta de demanda de empleo en el servicio público de empleo.
    • En el caso de solicitar la bonificación el arrendatario, contrato de arrendamiento en vigor, o prórroga del mismo.
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