elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El TSJ condena a Bienestar Social a pagar 44.418 euros por la muerte de una anciana en una residencia de Benicàssim

    El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha condenado a la Conselleria de Bienestar Social al pago de 44.418 euros a los herederos de una anciana que murió al caer por un precipicio cercano a la residencia en la que estaba ingresada, "La Bartola", de Benicàssim (Castellón).

    Según ha informado la Unión de Consumidores (UCE) de Castellón en un comunicado, la sentencia afirma que se dejó a la mujer "absolutamente sola, sin vigilancia y sin adoptar medida precautoria, en un lugar peligroso".

    La demanda fue interpuesta por la Unión de Consumidores de Castellón en representación de una asociada después de que en febrero de 2005 la madre de la reclamante muriera en la residencia de estancia temporal "La Bartola", de Benicàssim, cuya titularidad corresponde a la Generalitat.

    En la citada fecha, se produjo una salida de la mujer al exterior "ni autorizada ni controlada", a resultas de la cual la mujer, que padecía Alzheimer, "cayó por un barranco y falleció", siempre según el comunicado.

    La mujer había sido ingresada "por su propia seguridad ante su desorientación, tanto temporal como espacial, demencia senil, trastornos de conducta, vértigos, episodios de agitación, ideas de fuga y ausencia de percepción del peligro, según reconoció la propia dirección del centro", han apuntado las mismas fuentes.

    La UCE ha precisado que el punto por el que cayó la fallecida "estaba absolutamente desprotegido, sin ningún tipo de barrera o limitación, e integraba una zona de alto riesgo".

    Tras interponer los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores de Castellón una reclamación ante la Conselleria de Bienestar Social, esta última no resolvió.

    A continuación se interpuso una demanda ante el TSJ, que fue contestada por la Conselleria "exonerándose de toda responsabilidad, alegando que la gestión de la residencia estaba encomendada a la Cruz Roja", según el comunicado de la UCE.

    Sin embargo, añade la nota, la sentencia dictada ha condenado a la Conselleria ya que la responsabilidad de la Administración es "evidente, porque se dan todos los supuestos para exigirla y en el caso concurren por anormal funcionamiento del servicio".

    La sentencia argumenta la responsabilidad en que se dejó "absolutamente sola, sin ningún tipo de vigilancia, y sin adoptar ninguna medida precautoria, en un lugar peligroso, a una persona que padece una enfermedad mental, de manera que ésta se escapa de la residencia, y cae por un terraplén, desguarnecido de toda defensa, produciéndose a resultas de ello su muerte".

    En consecuencia, se condena a la Conselleria de Bienestar Social al pago de una indemnización por importe de 44.418 euros, más intereses y las costas del procedimiento (unos 15.000 euros más).

    Subir