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Blanch exige al PP que “deje de hacer trampas” tras saltarse la ley electoral e inaugurar el Centro de Día de Benicarló

  • Los socialistas denuncian la absoluta falta de respeto del PP “a las reglas del juego democrático”

El coordinador del Comité Electoral Provincial, Ernest Blanch, ha exigido al PP que “deje de hacer trampas”, después de que el alcalde de Benicarló, Marcelino Domingo, haya incumplido la Ley Electoral y haya inaugurado el Centro de Día de la población. Además, según Blanch, se da la circunstancia de que el centro está en funcionamiento desde hace más de un mes, con lo que “se trata de una burda maniobra para intentar engañar a los vecinos”. Además, insiste en que “esta forma de actuar demuestra una absoluta falta de respeto por parte del PP a las reglas del juego democrático y, en su conjunto, a la ciudadanía honesta y honrada que no se merece tener al frente de las instituciones a personas que se saltan la ley, a sabiendas, creyéndose más listos que los demás”.

Blanch ha denunciado que dicha actuación vulnera la prohibición recogida en el artículo 50 de la LOREG, que ha sido reformado por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, cuya finalidad expresa de dicha reforma no es otra que “evitar la incidencia de los poderes públicos en las campañas electorales mediante la realización de campañas institucionales y de inauguración de obras”, y “reducir la publicidad y la propaganda electoral durante el período electoral”. El también secretario de Acción Electoral de la dirección provincial ha exigido al PP “que no repita las trampas de la pasada campaña electoral autonómica y municipal, en la que los socialistas ganaron han ganado todos los recursos que presentaron, incluido el de prohibir organizar visitas al aeropuerto”. Según la instrucción 2/2011 de 24 de marzo de 2011, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación del artículo 50 de la LOREG en relación al objeto y los límites de las campañas institucionales y de los actos de inauguración realizados por los poderes públicos en periodo electoral, en su apartado segundo establece que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

 

 

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