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Se constituye la Junta Local Festera, como foro de debate y opinión de todas las cuestiones relacionadas con las Fiestas de Altea

Se constituye la Junta Local Festera, como foro de debate y opinión de todas las cuestiones relacionadas con las Fiestas de Altea
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    Se constituye la Junta Local Festera, como foro de debate y opinión de todas las cuestiones relacionadas con las Fiestas de Altea - (foto 2)

    Ayer por la noche se constituyó formalmente la Junta Local Festera, órgano que ya venía contemplado en la Ordenanza para la Regulación de las Fiestas en Altea, aprobada el año pasado. Cabe recordar que se trata de una Ordenanza que nació, de manera pionera, con el objetivo de desarrollar un foro de debate y opinión para tratar todas aquellas cuestiones que fueran surgiendo que pudieran afectar a las fiestas de Altea, y en el que participaran los representantes de cada una de las comisiones y asociaciones festeras de Altea, junto con todos los grupos políticos municipales. La reunión estuvo organizada por la concejala de Fiestas, Marga Riera, junto con los técnicos de Servicios Jurídicos y Fiestas del Ayuntamiento, Marga Moltó y Segis Candela, respectivamente.

    Ahora más que nunca se hace necesario convocar este foro de debate, con la entrada en vigor del Registro de Sedes Festeras Tradicionales, enmarcado en la nueva legislación autonómica que sigue las líneas de las normativas nacionales y europeas. Aunque ya se han mantenido reuniones previas informativas con la Associació de Moros i Cristians Sant Blai, se trasladará a todos los representantes de la Junta los trámites que tienen que llevar a cabo en referencia a la declaración responsable, sobre su tipología y el modelo de cartel identificativos.

    Ya en las próximas fiestas patronales, los locales de ‘les filaes’ deben cumplir con unas medidas de seguridad dirigidas a proteger a los festeros y regular el uso de los mismos, quedando clasificadas en tres tipos: tipo A, aquellas donde se efectúen funciones de gestión y administración (reuniones); tipo B aquellas en las que, además de las funciones de gestión y administración, se realicen otro tipo de actividades que supongan la reunión o concentración de los festeros, familiares e invitados (sedes festeras); y tipo C, las incluidas en el concepto de ‘salas polivalentes’, de acuerdo con lo regulado en la Ley de Espectáculos Públicos. En este último caso, los locales que se utilicen para fines comerciales (alquiler para diferentes eventos) deberán regularse por la Ley Autonómica para su explotación (Ley de Espectáculos Públicos), que marca la previa obtención de la licencia de apertura.

    Durante todo el mes de junio les filaes alteanas tienen que hacer llegar al Ayuntamiento la documentación requerida, y el consistorio la trasladará a la Conselleria de Gobernación.

    Otros temas de interés que se abordaron en la reunión de la Junta Local Festera fueron la necesidad de buscar un consenso, en la línea de la nueva Ordenanza de Convivencia Ciudadana, para compaginar el derecho de los festeros a disfrutar de las fiestas, con el derecho al descanso de aquellos vecinos de Altea que no participan en las mismas, ya que las nuevas directrices autonómicas, nacionales y europeas son muy estrictas en temas como el ruido o el horario de cierre de los locales de ocio.

    Por último, también se ha dieron a conocer dos circulares informativas de aplicación en todas las fiestas que se celebran en Altea, donde quedan reflejadas, por un lado, la nueva normativa aportada por la Subdelegación del Gobierno de Alicante referente a todas las cuestiones relacionadas con la utilización de material pirotécnico, y por otro, la presentación de un modelo de autorización de actividades que supongan ocupación de la vía pública para la realización de eventos lúdico-festivos y que, a partir de hoy (por el miércoles) ya está disponible en la página web del Ayuntamiento de Altea (www.altea.es).

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