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El alcalde de Almussafes advierte al portavoz socialista por vulnerar la Ley de Protección de Datos

El alcalde de Almussafes advierte al portavoz socialista por vulnerar la Ley de Protección de Datos
  • El portavoz del PSOE envió una carta a 34 familias de la localidad, valiéndose de informació obtenida de documentación reservada

Durante la sesión plenaria celebrada en el mes de octubre del pasado año, el Ayuntamiento de Almussafes adoptó el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para el 2013, aplicando tres tramos al apartado de bonificaciones destinadas a las familias numerosas. Aprovechando el período voluntario de abono del citado impuesto, el grupo municipal socialista remitió, el pasado mes de julio, un escrito al domicilio particular de las 34 familias numerosas del municipio, valiéndose del listado y direcciones particulares de los contribuyentes afectados, obrantes en el expediente del pleno. Según un informe de la propia Secretaría del Ayuntamiento, “se ha producido aparentemente un uso indebido de la información contenida en los expedientes municipales por el portavoz del PSOE, quien ha incumplido el deber de sigilo establecido por la ley”.

El pasado día 1 de enero, entró en vigor la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuestos sobre los Bienes Inmuebles (IBI) en su apartado dedicado a bonificaciones a las familias numerosas de la localidad. Durante los ejercicios presupuestarios anteriores, la norma incorporaba una cuota íntegra de un 90% de bonificación en el caso de las familias numerosas, “un porcentaje excesivamente elevado en algunos casos puesto que no diferenciaba el valor económico de los inmuebles de los peticionarios, por lo que hemos optado por aplicar una distribución de las bonificaciones en tres tramos”, explicó el alcalde y concejal de Hacienda, Albert Girona, en el pleno en el que se aprobó la variación.

Según el calendario fiscal del 2013, el pasado día 22 de julio concluyó el periodo de pago del IBI en voluntaria, que se había iniciado dos meses antes, concretamente el día 21 de mayo. Aprovechando ese plazo, desde el grupo municipal socialista se remitió una carta, con membrete del propio PSOE y firmada por su portavoz Antonio González, a al menos las 34 familias numerosas afectadas por la modulación de la citada bonificación del tributo, valiéndose del listado de interesados con sus direcciones particulares, a las que los socialistas han tenido acceso, en calidad de concejales a través del expediente del pleno ordinario cuyo objeto radicaba en dar cuenta de las Resoluciones de Alcaldía dictadas desde la última sesión. “De hecho – explica el presidente de la corporación, Albert Girona – no consta en nuestro Registro de Entrada Municipal petición alguna del grupo municipal socialista de acceso al expediente, ni tampoco pidiendo información al respecto”.

Solicitada la preceptiva información a la Secretaría del Ayuntamiento al respecto, ésta emitió un informe en el que concluía que “se ha producido aparentemente un uso indebido de la información contenida en los expedientes municipales por el portavoz del PSOE, Antonio Gonzalez, al usar los datos personales de los contribuyentes afectados por la Resolución de la Alcaldía nº 972/2013, incumpliendo el deber de sigilo al que viene obligado por lo establecido en el art. 16.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. El ROF explicita que:"Los miembros de la Corporación tienen el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función, singularmente de las que han de servir de antecedente para decisiones que aún se encuentren pendientes de adopción, así como para evitar la reproducción de la documentación que pueda serles facilitada, en original o copia, para su estudio”.

Prácticamente, y en idénticos términos, la Ley de Régimen Local de la Comunidad Valenciana y el ROM, establecen que: “El incumplimiento de los deberes exigidos a los miembros de las Corporaciones Locales derivado de su estatuto y establecidos en la normativa expuesta puede ser objeto de sanción en los términos establecidos en el art. 71 del Reglamento de Organización Municipal”.

Ante el citado informe, el pasado día 22 de julio el alcalde le remitió un escrito requeritorio al portavoz del grupo municipal socialista, en el que le recordarba tanto su obligación, como la de los miembros de su grupo, de cumplir con el deber de guardar reserva y mantener la confidencialidad de la información a la que tengan acceso por razón de su cargo.

Asimismo, Girona le rogaba a González que clarificara cómo firmaba, en calidad de portavoz del Grupo Municipal, un escrito con membrete del Partido Socialista. “Supongo que, aunque sea usted nuevo en estas lides, no tengo que recordarle el diferente rol y competencias que se derivan de ello. Los grupos municipales, de acuerdo con lo que se refleja en el art 25.1 del ROM, son órganos colegiados de carácter político y necesario en la organización municipal que tienen como función canalizar la actuación de los miembros de la Corporación que, a estos efectos, actuarán a través de aquellos, para el mejor funcionamiento de los órganos de gobierno, sin perjuicio de las funciones y atribuciones que la legislación de régimen local les atribuya a título individual”.

“Por consiguiente, le agradecería que en futuras actuaciones, tanto usted como Portavoz, como los demás miembros de su Grupo, se atengan a las obligaciones derivadas del Estatuto de los Mienbros de las Corporaciones Locales. En caso contrario, esta Alcaldia se verá obligada a adoptar las medidas previstas en el art. 71 del ROM y a la apertura del correspondiente expediente, especialmente cuando se vulnera la legislación que ampara la Protección de Datos”.

“Recordarle que para cualquier duda que tenga en su legítima acción de oposición y de fiscalización, lo más aconsejable es dirigirse a los servicios municipales, especialmente a la Secretaria y al Interventor como máximos responsables”, concluia la máxima autoridad municipal.

Tres tramos de bonificación
El acuerdo adoptado mantiene la bonificación del 90% para las viviendas con un valor de hasta 80.000 euros, estableciendo un segundo tramo, en el que se incluyen los inmuebles de hasta 160.000 euros, a los que se les aplica una rebaja del 60% y, finalmente, las viviendas tasadas hasta 260.000 euros, pueden optar a un 30% de descuento. “Consideramos que es más progresista y de izquierdas bonificar considerando el valor catastral de la propiedad, dado que el que puede mantener un patrimonio de gran valor se le presupone una mayor capacidad adquisitiva”, añade la máxima autoridad municipal.

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