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Almassora eximirá del pago de basura a los inmuebles en los que no exista suministro de agua potable

Almassora eximirá del pago de basura a los inmuebles en los que no exista suministro de agua potable
  • El consistorio prevé aprobar mañana jueves la modificación de la ordenanza tras detectar un error que obligaba al sujeto pasivo a abonar esta tasa pese a no generar residuos

El Ayuntamiento de Almassora eximirá del pago de la tasa de basuras a los inmuebles en los que no exista suministro de agua potable. La medida, que se debate mañana en pleno, se propone después de que el equipo de gobierno detectara un error en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos que obligaba al sujeto pasivo a abonar el importe derivado de esta prestación.

“Entendemos que los inmuebles en los que no existe suministro de agua potable no se generan residuos sólidos urbanos. Por tanto, no tiene sentido cobrar esta tasa cuando el sujeto pasivo no genera una actividad que demanda este servicio”. Enrique Brisach, regidor de Hacienda en el Ayuntamiento de Almassora, ha manifestado que la medida, que se elevará al pleno ordinario de la corporación mañana jueves, “se ha adoptado tan pronto como hemos advertido el error”.

La intención, por tanto, “es volver a aplicar la exención que ya en 2011 estaba vigente”. El error, tal y como ha desgranado el concejal, se produjo cuando en la redacción de la ordenanza se eliminó un párrafo en el que se exigía al sujeto pasivo la presentación de un certificado que acreditara que el inmueble no estaba dado de alta en el suministro de energía eléctrica. “El objetivo era eliminar este requisito, pero al suprimir el párrafo también se eliminó la necesidad de presentar un certificado sobre el suministro del agua”.

En el caso de la energía eléctrica, “son varias las empresas que explotan la prestación y, por tanto, presentar un certificado no tenía sentido. Por ello se solicitó la eliminación de esta condición”. En el caso del agua, sin embargo, no ocurre lo mismo. De hecho, “solo una firma explota el suministro en Almassora en régimen de concesión”. Así las cosas, con la nueva modificación de la ordenanza que se eleva mañana a pleno, se introduce la exención de la tasa para aquellos inmuebles en los que no existe suministro de agua potable. Una circunstancia que el sujeto pasivo deberá justificar, como era habitual hasta el pasado año, con el correspondiente certificado de la empresa concesionaria, Facsa.

Efecto retroactivo
El consistorio tiene previsto aplicar esta exención con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2012, de modo que si el contribuyente hubiera abonado ya la tasa, se procederá a su devolución toda vez que el sujeto pasivo reclame la misma al consistorio. “Deberá estar acreditada con el correspondiente certificado, de igual modo que se tramitaba hasta el pasado año”, ha incidido el edil de Hacienda. De hecho, esta exención se solicitaba cada año antes del 31 de diciembre acreditando la ausencia del servicio con el certificado de la concesionaria.

“El consistorio devolverá la suma a los los ciudadanos cuyos inmuebles cumplan este requisito y eximirá a quienes todavía sin abonarlo certifiquen la ausencia de suministro de agua potable”, ha indicado el edil de Hacienda. “Creemos que es injusto que se cobre por una prestación que, a nuestro entender, no se genera en locales en los que se carece de esta prestación. Por ello, advertido el error, procedemos a corregirlo con efecto retroactivo al ejercicio 2012”, ha estimado Brisach.

Cabe señalar que el calendario del contribuyente abrió el periodo voluntario para el abono de la tasa por la prestación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de basuras el pasado 5 de marzo y se mantiene vigente hasta el próximo 18 de mayo. Por lo que respecta a los pagos domiciliados, el cobro está previsto que se produzca mañana jueves, 5 de abril.

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