elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

Más de medio centenar de familias numerosas se beneficiarán este año de las bonificaciones del IBI

  • El consistorio aplica una rebaja del 90% a todos los vecinos que acrediten poseer el título

Más de medio centenar de familias numerosas se beneficiarán este año de las bonificaciones que el Ayuntamiento de Almassora contempla en su ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). El objetivo del equipo de gobierno del PP, tal y como ha declarado el regidor de Hacienda, Juan Cantavella, es rebajar la cuota que estos residentes se verían obligados a abonar “atendiendo a las circunstancias especiales de familia numerosa que acreditan”.

En el periodo recaudatorio correspondiente al ejercicio 2009, sesenta y siete familias se verán beneficiados por una importante rebaja que comporta el abono del 10% del impuesto conocido como contribución. “Aplicamos una reducción del 90% sobre esta cuota municipal si el solicitante presenta el título de familia numerosa válido y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles cuya bonificación se solicita en posteriores períodos impositivos”, ha señalado el regidor. Una documentación básica y sencilla que ha de presentarse antes del 30 de diciembre del año en curso para que surta efectos en el ejercicio inmediatamente posterior.

Regulada en el capítulo cuarto sobre “Exenciones y Bonificaciones”, en su artículo 7, apartado C, la medida tiene “una vocación eminentemente social, ya que el objetivo que se persigue es posibilitar que aquellas familias que residen en nuestra localidad y que tienen tres o más hijos, dispongan de una serie de beneficios fiscales que les reduzcan el pago de los tributos. Una medida especial y extraordinaria que desde su puesta en marcha, en el año 2003, ha beneficiado a cerca de un centenar de familias de la localidad, 98 concretamente", tal y como ha informado Cantavella.

Exenciones y bonificaciones
Cabe señalar que el Ayuntamiento de Almassora también aplica bonificaciones a las viviendas de protección oficial y a las que resulten equiparadas a éstas conforme a la normativa de la comunidad autónoma. La cuantía anual de bonificación se establece según determinados periodos impositivos. Así, “durante los tres primeros periodos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva de la vivienda asimilada con arreglo a la normativa específica de la Comunidad Autónoma, el 50% de la cuota íntegra”. En los periodos posteriores, “y hasta la finalización del plazo de disfrute de la bonificación, el 50% de la cuota íntegra”.

Para optar a estos descuentos, los interesados han de aportar la escritura de propiedad que acredite la titularidad del inmueble, con indicación de la fecha de otorgamiento de la calificación definitiva de vivienda de protección oficial. Asimismo, se deberá aportar certificación acreditativa de la vigencia de la inscripción de la vivienda en el Registro Oficial de la vivienda de protección oficial.

Por último, el consistorio aprobó el pasado 3 de noviembre en sesión plenaria ordinaria la exención del IBI rústico a aquellos inmuebles con esta categoría cuya cuota líquida no supere la cantidad de 6 euros. Una medida que, tal y como ha reconocido el regidor de Hacienda, “también ha pretendido incentivar la recuperación del sector agrario con una bonificación del 100% de la cuota que debían abonar por la propiedad de este tipo de explotaciones agrícolas”.

Subir