elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Ayuntamiento bonifica el 90% del IBI a 130 familias numerosas y amplía de 3 a 6 años las bonificaciones a VPO

El Ayuntamiento bonifica el 90% del IBI a 130 familias numerosas y amplía de 3 a 6 años las bonificaciones a VPO
  • El consistorio duplica el periodo establecido por ley para viviendas protegidas con el objetivo de no asfixiar las economías de sus ciudadanos

El Ayuntamiento de Almassora bonificará este año el 90% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana a 130 familias numerosas que viven en la localidad. El consistorio decidió asumir esta medida para evitar lastrar las economías de familias con tres o más hijos y rebajar la cuota de un impuesto que suele ser el más gravoso. Una acción que el alcalde de Almassora, Vicente Casanova, ha valorado positivamente “atendiendo a las circunstancias difíciles y complicadas que vivimos actualmente, y que sin duda vienen a ayudar a las familias que poseen este título”.

La medida que Almassora aplica desde hace años es potestativa, es decir, no viene impuesta por la Ley reguladora de Haciendas Locales. “Sin embargo, es una mejora que decidimos incluir con la intención de dar facilidades a las familias de nuestro municipio que cumplieran estas condiciones”.

Una acción que viene regulada en la Ordenanza Fiscal Reguladora sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, en el capítulo cuarto sobre “Exenciones y Bonificaciones”, en su artículo 7, apartado C. Una medida con una clara vocación social, “ya que el objetivo que se persigue es posibilitar que aquellas familias que residen en nuestra localidad y que tienen tres o más hijos, disfruten de una serie de beneficios fiscales que les reduzcan el pago de los tributos”.

La medida, que el consistorio aplica desde el año 2004, ha beneficiado en este ejercicio a 130 familias que han solicitado su aplicación presentando el título de familia numerosa en vigor y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles cuya bonificación se solicita en posteriores períodos impositivos. Una documentación básica y sencilla que debe registrarse en el consistorio antes del 30 de diciembre del año en curso para que surta efectos en el ejercicio inmediatamente posterior.

Los beneficios de la medida son importantes. De hecho, tal y como señalaba el primer edil, para un IBI urbano con un valor medio de 400 euros, solo se deberían abonar 40 euros. Una rebaja considerable que en este ejercicio disfrutarán más de un centenar de familias y a la que se suman otras acciones adoptadas en materia fiscal por el consistorio.

Almassora, única en aplicar ventajas durante 6 años a las VPO
Cabe señalar que Almassora también contempla en su Ordenanza Fiscal Reguladora sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana bonificaciones para las Viviendas de Protección Oficial (VPO) durante seis años. “Es uno de los pocos municipios que lo hace”, ha reconocido Casanova.

De hecho, la Ley reguladora de Haciendas Locales plantea esta bonificación durante los tres primeros periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva. Sin embargo, “en el caso de Almassora, desde hace aproximadamente una década, el consistorio decidió ampliar este periodo de bonificación, ya que el consistorio incorpora tres años más a esta medida que surtirá efectos en su caso en el periodo impositivo siguiente a aquél en el que se solicite”, ha recordado Casanova.

La cuantía anual de bonificación se establece según determinados periodos impositivos. Así, durante los tres primeros periodos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva de la vivienda asimilada con arreglo a la normativa específica de la Comunidad Autónoma, se aplica el 50% de la cuota íntegra. En el caso de los periodos posteriores, “y hasta la finalización del plazo de disfrute de la bonificación, el 50% de la cuota íntegra”, tal y como estipula la Ordenanza Fiscal Reguladora del IBI.

Para optar a estos descuentos, los interesados han de aportar la escritura de propiedad que acredite la titularidad del inmueble, con indicación de la fecha de otorgamiento de la calificación definitiva de vivienda de protección oficial. Asimismo, se debe aportar certificación acreditativa de la vigencia de la inscripción de la vivienda en el Registro Oficial de la vivienda de protección oficial.

Subir