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Almassora establece el calendario del contribuyente

Almassora establece el calendario del contribuyente

    El Ayuntamiento de Almassora ha aprobado el calendario del contribuyente para el ejercicio 2015 que arrancará el próximo 9 de marzo y se prolongará hasta el 20 de noviembre. Así lo establece el edicto suscrito este mes de febrero en el que se fija un calendario que arranca con el periodo de pago para las tasas de vados y basura.

    Tal y como establece el documento, los cargos domiciliados para estas dos tasas está previsto que se produzcan el 8 de abril, si bien para el resto de contribuyentes, que no estén adheridos al Plan Especial de Pagos Tributarios, dispondrán de un plazo cercano a los dos meses y medio para proceder al abono de las mismas.

    Del 1 de abril y al 19 de junio de 2015 se establece el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) que fija el 6 de mayo como fecha prevista para el pago de los cargos domiciliados. Por lo que respecta al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), tanto en su naturaleza rústica como urbana, los contribuyentes disponen de un plazo de pago voluntario del 25 de mayo al 5 de agosto. El pago para los recibos que estén domiciliados se producirá, previsiblemente, el 7 de julio.

    Por último, del 7 de septiembre al 20 de noviembre, el calendario establece el pago del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). El cargo para domiciliados está previsto para el 7 de octubre. Con este tributo se completa un calendario que se planifica a 9 meses, el mismo periodo que el Ayuntamiento de Almassora aplica para el cobro de tributos a través del Plan Especial de Pagos Tributarios.

    Cabe señalar que el edicto, que se ha publicado en la web municipal, también informa al contribuyente sobre las entidades bancarias a las que puede dirigirse para abonar los tributos cuyos plazos establece el calendario. Un total de diez entidades financieras que colaboran con el consistorio para facilitar el pago de los tributos a los ciudadanos.

    Recoger los recibos

    Cabe indicar que el Ayuntamiento de Almassora remite periódicamente a los domicilios de los contribuyentes los recibos de los tributos emitidos. Sin embargo, y dado que no existe una obligación legal de realizar esta notificación, el consistorio recuerda que todo aquel vecino que por cualquier circunstancia no reciba los documentos cobratorios en el periodo voluntario, puede solicitarlos en la oficina del SIAC, en la planta baja del consistorio.

    En este sentido, Almassora recuerda que del 1 de junio al 30 de septiembre, el horario es de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 horas, y del 1 de septiembre al 31 de mayo, de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 horas, los jueves de 17.00 a 20.00 horas, y los sábados de 9.00 a 13.00 horas. De igual modo, los vecinos también pueden solicitarlos directamente a través de la página web municipal, www.almassora.es, accediendo a la Carpeta Ciudadana.

    Por último, se recuerda que los vecinos que deseen domiciliar sus recibos pueden tramitarla para facilitar el pago. Esta tendrá efecto siempre que se registre antes de tres meses del inicio del periodo de cobro voluntario, ya que de no ser así, surtirá efectos a partir del siguiente ejercicio.

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