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Almassora cierra el 21 de junio el periodo voluntario para abonar el impuesto de vehículos

Almassora cierra el 21 de junio el periodo voluntario para abonar el impuesto de vehículos
  • El nuevo calendario del contribuyente ha permitido distribuir las cargas a lo largo del ejercicio para evitar la acumulación de pagos

El Ayuntamiento de Almassora cerrará el próximo 21 de junio el plazo del periodo voluntario establecido por el consistorio para abonar el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). El tributo, cuyo plazo ha resultado modificado con la aplicación del calendario del contribuyente, abrió el pasado 5 de abril el plazo para ser abonado y cerrará el lunes 21 el periodo de pago voluntario tras cerca de tres meses.

“Se trata del segundo impuesto establecido en este calendario que hemos diseñado desde el consistorio y que pretende facilitar el pago a los contribuyentes”. Juan Cantavella, regidor de Hacienda, ha incidido en los beneficios de este sistema que distribuye las cargas a lo largo del ejercicio “de modo que se evite un cúmulo de pagos en un periodo de tiempo determinado”.

Así las cosas, tras culminar el pasado 20 de mayo el plazo para poder abonar la tasa de vados y basuras, en estos momentos todavía se dispone de dos semanas para abonar el impuesto de vehículos. Un abono que se habrá de tramitar siempre que el tributo no haya sido domiciliado, ya que en este caso el cobro se habría tramitado ya el pasado 5 de mayo.

Una vez superado este periodo, no será hasta el próximo septiembre cuando arranque el periodo de pago del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).  El calendario municipal establece un pago de periodo voluntario desde el 6 de septiembre hasta el 20 de noviembre y un plazo previsto de cobro para el 5 de octubre, en el caso de que el tributo esté domiciliado por el banco.

Por último, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBIU e IBIR) contempla un periodo voluntario de pago desde el 5 de julio hasta el 20 de noviembre. Un plazo desahogado que para domiciliaciones del impuesto en su categoría rústica está prevista para el 5 de octubre. Por lo que respecta al IBI urbano, si el contribuyente decide domiciliarlo “tendrá la opción de acceder a una serie de ventajas”, tal y como ha señalado Cantavella. Así, el impuesto que sea inferior a 100 euros prevé cobrarse el 5 de octubre. Si por contra es igual o superior a 100 euros, se fracciona en dos plazos. “El primero se cobrará el 20 de julio y corresponderá al 60% del tributo, mientras que el segundo, correspondiente al 40%, se cobrará el 20 de octubre”.

Bonificaciones
La medida, que fue programada en el último trimestre del pasado ejercicio, comporta en la práctica la distribución de tasas e impuestos, así como el fraccionamiento de uno de ellos, el del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (IBIU). En este último caso, se contempla la bonificación del tributo, siempre que esté domiciliado, “de modo que no sólo se cobrará el cargo en dos fases: un 60%, que se cobrará en julio, y un 40%, que está previsto se cobre en octubre, sino que además en este último cobro se abonará una bonificación del 1 por ciento”, ha recordado Cantavella.

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