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La junta Electoral de Zona de Villajoyosa ordena la retirada de publicidad ilegal del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi en beneficio del PSOE

La junta Electoral de Zona de Villajoyosa ordena la retirada de publicidad ilegal del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi en beneficio del PSOE
  • Los socialistas se aprovechan de ser el equipo de gobierno para hacer publicidad no autorizada por la LOREG

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La junta Electoral de Zona de Villajoyosa ordena la retirada de publicidad ilegal del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi en beneficio del PSOE   - (foto 2)
Tras la documentación presentada por el Partido Popular de l’Alfàs del Pi, la junta electoral de zona de Villajoyosa ha acordado “ordenar la inmediata retirada de la publicidad existente en l’Alfàs del Pi con el lema ‘Seguimos Trabajando’ colocada por el Ayuntamiento por la que se da a conocer distintos proyectos municipales y actuaciones realizadas, así como la prohibición expresa de insertar publicaciones con ese lema y contenido en cualquier revista o periódico”, como reza en la orden emitida.

En la documentación examinada por la junta electoral y presentada por la candidata popular, Maite Huerta, queda acreditado que existen publicidades estáticas y móviles colocadas en el término municipal que vulneran lo previsto en el artículo 50.2 de la LOREG.

Vallas, publicidad en autobuses e inserciones publicitarias en medios de comunicación gratuitos que el equipo de gobierno socialista de l’Alfàs mantiene con la excusa ilegal de ser publicidad institucional, concurriendo en una vulneración de la ley.

La candidata a la alcaldía del PP, Maite Huerta, no se ha sorprendido por esta “nueva artimaña y engaño del actual alcalde” quien ha vuelto otra vez “saltarse las normas y las leyes” y sigue “aprovechándose de forma ilegal” de su posicionamiento en el ayuntamiento para beneficio propio y de su partido, como ha dejado patente la resolución emitida por la Junta Electoral de zona, ha señalado la alcaldable popular.

Por todo ello, el PP de l’Alfàs del Pi bajara la posibilidad de denunciar en el juzgado al PSOE por un presunto delito electoral, tal y como recoge el artículo 144.b de la LOREG que señala que “serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o la multa de seis a veinticuatro meses quienes lleven a cabo algún de los actos siguientes: […] b) infringir las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral”.

El artículo 53 de la LOREG establece un periodo de prohibición que va desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, en el que queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales. Prohibición que claramente ha infringido la formación política que encabeza Vicente Arques.

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